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Boletín Oficial de Bizkaia · 17 Sep 2026 · 14 vistas

El Pleno de Derio delega en la Alcaldía el contrato de obra del campo de fútbol de Ibaiondo

Por FactBox Admin

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El Pleno del Ayuntamiento de Derio delega en la Alcaldía la facultad de tramitar y adjudicar el expediente completo de un contrato de obra. La delegación fue aprobada en la sesión extraordinaria celebrada el 8 de septiembre y ha sido publicada en el número 178 del Boletín Oficial de Bizkaia, el 17 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOB-2026a178-(II-4795). El acuerdo entra en vigor el día siguiente al de su aprobación.

Objeto del contrato

La delegación tiene por objeto un contrato de obra concreto: las obras para la construcción de un campo de fútbol 11 de césped artificial, grada y marquesinas en el antiguo campo de Ibaiondo. El Pleno, como órgano de contratación, deja la decisión sobre este expediente en manos de la Alcaldía.

  • Campo de fútbol 11 de césped artificial.
  • Grada.
  • Marquesinas.
  • Ubicación: antiguo campo de Ibaiondo, Derio.

Siete facultades concretas

El acuerdo enumera específicamente qué puede hacer la Alcaldía. La delegación no incluye únicamente la adjudicación; abarca toda la cadena desde el inicio hasta el final del expediente.

  • Aprobar el proyecto técnico de la obra.
  • Aprobar el expediente de contratación y los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
  • Aprobar el gasto correspondiente al expediente, con sus fases de permiso y disposición, con la carga de la aplicación presupuestaria correspondiente.
  • Tramitar y resolver el procedimiento de adjudicación, incluyendo la clasificación de ofertas y el requerimiento previo a la adjudicación.
  • Adjudicar el contrato.
  • Formalizar el contrato.
  • Las demás facultades instrumentales necesarias para ejecutar lo anterior, siempre que las modificaciones contractuales no superen la cuantía de la competencia delegada.

Quién decide y cómo

Los actos y resoluciones que la Alcaldía dicte haciendo uso de esta delegación indicarán expresamente dicha circunstancia, señalando la fecha del acuerdo. Además, se entenderá que han sido dictados por el propio Pleno a todos los efectos, incluido el régimen de recursos administrativos.

El Pleno conserva la titularidad de la competencia delegada y, en cualquier momento, puede anular la delegación o recuperar para sí este expediente concreto. No se verá afectada la validez de los actos ya realizados mediante la delegación.

El acuerdo será notificado a la Intervención municipal y a todos los departamentos afectados.

Recursos y plazos

El acuerdo agota la vía administrativa. Los interesados disponen de dos vías:

  • Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, según los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015.
  • Recurso contencioso-administrativo, directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que agota la vía administrativa, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998.

Los interesados podrán utilizar cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Conclusión

La gestión de la renovación de las instalaciones deportivas de Derio queda en manos de la Alcaldía en este expediente, sin renunciar a la titularidad del Pleno. El acuerdo fue firmado en Derio por la secretaria accidental Elixabete Zorrilla Bernardo, el 9 de septiembre de 2026.


Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 178, 17 de septiembre de 2026, Sección II, pág. 1 (referencia oficial: BOB-2026a178-(II-4795)).