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Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 18 Sep 2026 · 9 vistas

Cultura convoca el Premio de las Letras de la Generalitat para el ejercicio 2026

Por FactBox Admin

Cultura convoca el Premio de las Letras de la Generalitat para el ejercicio 2026

La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades ha convocado para el ejercicio 2026 el Premio de las Letras de la Generalitat, un galardón de carácter honorífico destinado a distinguir a los autores y las autoras valencianas. La convocatoria se formaliza mediante la Resolución de 17 de septiembre de 2026, firmada por el director general de Cultura, Ignacio Prieto Mansanet, por delegación de la consellera. El texto se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10454, de 18 de septiembre de 2026, dentro de la sección III de actos administrativos, con la referencia oficial DOGV-C-2026-29542.

El premio fue creado por el Decreto 32/1986, de 10 de marzo, del Consell, con el fin de distinguir y recompensar a los autores y las autoras valencianas que hayan dedicado sus obras, preferentemente, a la creación literaria y a la difusión de la cultura. Las bases reguladoras que rigen la convocatoria son las aprobadas por esa misma norma, publicada en el DOGV 366 de 21 de abril de 1986.

La convocatoria se apoya en un marco normativo que ha sido retocado en varias ocasiones y que ha reforzado el perfil simbólico del galardón, desligándolo de cualquier retribución económica.

Un galardón honorífico sin dotación económica

El Decreto 107/2012, de 29 de junio (DOGV 6808, de 2 de julio de 2012), modificó el Decreto 32/1986 y suprimió las bases cuarta y octava de su anexo. Con esa supresión se acentuó el carácter honorífico del premio y se desvinculó de cualquier remuneración.

El objeto de la resolución es, por tanto, convocar para 2026 la concesión del Premio de las Letras de la Generalitat conforme a esas bases, sin que el texto detalle dotación económica alguna ni un procedimiento abierto de candidaturas.

Competencia delegada en la Dirección General de Cultura

La facultad para dictar las disposiciones de aplicación y desarrollo del premio corresponde a la persona titular de la conselleria competente en la materia, según la disposición final primera del Decreto 247/1991, de 23 de diciembre, del Consell, y de conformidad con el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell.

Ese ejercicio competencial está delegado en la persona titular de la Dirección General de Cultura, en virtud del apartado sexto de la Resolución de 30 de enero de 2025, de la entonces denominada Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, sobre delegación de competencias en determinados órganos (DOGV 10037, de 31 de enero de 2025). De ahí que la resolución aparezca firmada por el director general de Cultura y no por la consellera.

Protección de datos y vías de recurso

La resolución incluye un apartado específico sobre tratamiento de datos personales:

  • La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades es la responsable del tratamiento de los datos recogidos con motivo de la convocatoria.
  • Los datos se tratarán para la gestión y el desarrollo del premio.
  • Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento y a no ser objeto de una decisión basada únicamente en tratamiento automatizado, a través del enlace http://www.gva.es/proc19970.

La resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGV. Contra ella, que pone fin a la vía administrativa, cabe:

  • Recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.

Ambas vías se ajustan a los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y a los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

La convocatoria llega al sector literario y editorial valenciano con un formato consolidado: un reconocimiento de prestigio, sin premio en metálico, que cada año sirve para proyectar la trayectoria de autores y autoras vinculados a la creación literaria y a la difusión de la cultura en la Comunitat Valenciana. Para editoriales, librerías y agentes del libro, el anuncio marca el arranque del ciclo anual de un galardón que funciona como referencia institucional del sector.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10454, de 18 de septiembre de 2026, sección III (Actos administrativos), pág. 1-2 (referencia oficial: DOGV-C-2026-29542).