BOP de Cuenca · 09 Sep 2026 · 1 vistas
Cuenca expone el padrón del Impuesto de Actividades Económicas 2026
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cuenca ha aprobado provisionalmente el padrón cobratorio del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente al ejercicio 2026 y lo ha sometido a exposición pública para que los contribuyentes puedan presentar alegaciones. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, número 104, de 9 de septiembre de 2026, en los anuncios NÚM. 2112 y NÚM. 2113, firmados por el concejal del Área de Hacienda, Juan Manuel Martínez Melero.
La aprobación provisional se acordó mediante Decreto nº 5974, de 3 de septiembre de 2026, y el padrón queda a disposición de los interesados durante un plazo de treinta días a partir del día siguiente a la publicación del anuncio. Si no se presentan reclamaciones, el padrón se entenderá aprobado definitivamente.
Consulta y alegaciones
El padrón puede consultarse en las dependencias municipales sitas en la Plaza de la Constitución, número 10 bajo, o a través del correo electrónico gestiontributos@cuenca.es, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. Durante ese periodo los contribuyentes podrán presentar las alegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes.
Periodo de cobro voluntario
El cobro en vía voluntaria de estos tributos se extiende del 15 de septiembre al 15 de diciembre de 2026, ambos inclusive, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio. Los recibos cuyo pago ya estuviera domiciliado serán cargados en cuenta el 22 de septiembre de 2026.
A los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago se les enviarán por correo los documentos cobratorios, que podrán abonarse en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras:
- CaixaBank
- Unicaja Banco
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
- Ibercaja
- Globalcaja
- Bankinter
- Banco Santander
- Banco Sabadell
- Eurocaja Rural
- Cajamar
Canales de pago alternativos
Además de las entidades colaboradoras, el pago puede realizarse con tarjeta de crédito en la Oficina de Recaudación Municipal, sita en la Plaza de la Constitución, número 10, o a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento en la página www.cuenca.es, mediante Bizum o tarjeta de crédito. También se admite el pago a través del servicio prestado por Correos, fruto del convenio entre el Ayuntamiento y la Sociedad Española de Correos y Telégrafos. El pago realizado por una vía distinta a las relacionadas no surtirá efectos liberatorios.
En caso de no recibir o extraviar el recibo, los contribuyentes deberán dirigirse a la Oficina de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento o al correo gestiontributos@cuenca.es, donde se les facilitará un duplicado. La no recepción del documento cobratorio no exime de la obligación de satisfacerlo en plazo.
Consecuencias del impago
Transcurrido el periodo de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento administrativo de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005.
La publicación del padrón supone un aviso directo para los miles de negocios y autónomos de la capital, que tienen tres meses para regularizar su situación tributaria y evitar recargos. La exposición pública garantiza además el derecho de los contribuyentes a revisar sus datos y reclamar antes de que el padrón quede aprobado de forma definitiva.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 104, 9 de septiembre de 2026, sección Administración Local, págs. 12-13 (referencia oficial: anuncios NÚM. 2112 y NÚM. 2113).