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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 28 Oct 2026 · 4 vistas

Cudillero delega todas las funciones de la Alcaldía en Olga Fernández Aguiar hasta diciembre

Por FactBox Admin

Cudillero delega todas las funciones de la Alcaldía en Olga Fernández Aguiar hasta diciembre

El Ayuntamiento de Cudillero ha delegado la totalidad de las funciones de la Alcaldía en la Primera Teniente de Alcalde, Olga Fernández Aguiar, durante el periodo comprendido entre el 26 de octubre y el 6 de diciembre de 2026, ambos incluidos. Lo establece el decreto de Alcaldía 979/2026, dictado por el Alcalde-Presidente el 22 de octubre de 2026 y publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 209, de 28 de octubre de 2026, en la sección IV, Administración Local, con la referencia oficial 2026-08795.

El decreto se ampara en el orden de sustitución fijado por el nombramiento de tenientes de alcalde aprobado mediante decreto de 27 de junio de 2023, publicado en el BOPA n.º 131, de 10 de julio de 2023. La norma invocada para articular la delegación es el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. La publicación oficial llega seis días después de la firma y una vez iniciado ya el periodo de sustitución.

Seis semanas con la totalidad del cargo

El primer apartado del decreto dispone que Olga Fernández Aguiar asuma la sustitución de la Alcaldía “con la asunción de la totalidad de las funciones” del cargo del regidor. El intervalo abarca desde el 26 de octubre hasta el 6 de diciembre de 2026, ambos días incluidos, lo que supone un periodo de 42 días naturales.

La causa declarada es la ausencia temporal del Alcalde-Presidente, que firma la resolución en Cudillero el 22 de octubre. El texto no detalla el motivo ni la duración prevista de esa ausencia más allá del intervalo fijado para la sustitución.

Dirección, gestión y decisiones frente a terceros

El contenido competencial de la delegación se concreta en el apartado segundo y abarca tres ámbitos:

  • Facultades de dirección del gobierno municipal.
  • Facultades de gestión ordinaria.
  • Resolución de los procedimientos administrativos oportunos, incluida la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

El apartado tercero impone al órgano delegado un deber de información posterior a la Alcaldía sobre la gestión realizada y las disposiciones dictadas en el periodo. Ese deber se activa también cuando la Alcaldía lo requiera y, con carácter previo, para las decisiones calificadas de trascendencia.

Aceptación tácita y eficacia inmediata

La delegación requiere para su eficacia la aceptación expresa del órgano delegado. El decreto establece que esa aceptación se entiende otorgada de forma tácita si no se formula manifestación de no aceptación ante la Alcaldía en el plazo de tres días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

El mismo número del BOPA recoge otra actuación municipal de Cudillero: la aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 16/2026, en la modalidad de suplemento de crédito, por importe de 14.860,12 euros, financiado con mayores ingresos del capítulo 5 (ingresos patrimoniales) y destinado al capítulo 2 (gastos corrientes en bienes y servicios), conforme al anuncio con referencia 2026-08541, firmado por el Alcalde el 16 de octubre.

El decreto de sustitución afecta directamente a la capacidad de decisión del Ayuntamiento de Cudillero durante seis semanas, un periodo que incluye la tramitación ordinaria de licencias, procedimientos y actos administrativos con efectos sobre los vecinos y las empresas del concejo. Cualquier resolución adoptada en ese intervalo por la teniente de alcalde tendrá plena validez frente a terceros, y la Alcaldía recuperará el ejercicio directo de sus funciones a partir del 7 de diciembre, salvo que se dicte una nueva resolución que amplíe o modifique el periodo.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 209, de 28 de octubre de 2026, sección IV (Administración Local), pág. 1 (referencia oficial: 2026-08795).