Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 25 Aug 2026 · 3 vistas
Cuatro empresas se adhieren al arbitraje de consumo en Ceuta
Por FactBox Admin

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, dirigida por Nabila Benzina Pavón, ha concedido la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo a cuatro empresas y profesionales, según los decretos 597, 601, 602 y 603 publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE) número 6.646, de 25 de agosto de 2026. Con esta decisión, los consumidores ceutíes podrán resolver sus reclamaciones contra estos operadores por la vía extrajudicial del arbitraje, sin necesidad de acudir a los tribunales.
Las solicitudes fueron aceptadas por la Junta Arbitral de Consumo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, que las ha inscrito en su Diario Oficial con los números 209, 211, 212 y 214, y se ha ordenado su publicación en el boletín oficial.
Marco normativo
La adhesión se tramita al amparo del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, que en sus artículos 22 a 29 regula las ofertas públicas de sometimiento al sistema. Completan el marco el Real Decreto 33/1999, sobre traspaso de funciones en materia de defensa del consumidor a Ceuta, y la Resolución de 17 de junio de 2025 de la Secretaría General de Consumo y Juego, que publica el convenio con la Ciudad Autónoma para el desarrollo del arbitraje en su ámbito territorial.
Las empresas adheridas
Las cuatro adhesiones corresponden a los siguientes decretos:
- Decreto 597 (pág. 3259): adhesión de Saludcare Ceuta S.L., con CIF B21706098, presentada por Antonio Pasamar Hernández; escritura de constitución de 17 de marzo de 2025.
- Decreto 601 (pág. 3262): adhesión de Alejandro Chaves Bermejo, con DNI 58**07*.
- Decreto 602 (pág. 3264): adhesión de Gestimédica Gadir S.L., con CIF B11415304, presentada por Interservicios S.L., con escritura de constitución de 10 de septiembre de 1997.
- Decreto 603 (pág. 3266): adhesión de Central Internacional de Servicios y Asesoramiento S.L. (Interservicios S.L.), con CIF B11950490.
Efectos y recursos
La adhesión otorga a estas entidades el distintivo oficial de empresas adheridas y su inclusión en el censo correspondiente, de modo que quedan obligadas a someterse al arbitraje de consumo ante la Junta Arbitral de Ceuta. Contra las resoluciones, que agotan la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o impugnarlas directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, conforme a la Ley 39/2015.
Relevancia para el consumidor
La ampliación del censo de empresas adheridas refuerza la protección de los consumidores y usuarios de Ceuta, que disponen de un mecanismo ágil, gratuito y vinculante para resolver sus reclamaciones sin costes judiciales. La incorporación de operadores de servicios sanitarios y de asesoramiento amplía la cobertura del sistema arbitral en sectores de especial sensibilidad para la ciudadanía.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, nº 6.646, 25 de agosto de 2026, sección Otras Disposiciones y Acuerdos, págs. 3259-3266 (referencia oficial: decretos 597, 601, 602 y 603).