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Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 17 Aug 2026 · 7 vistas

Cuadrilla de Añana aprueba tarifas del servicio de bicicletas eléctricas

Por FactBox Admin

Entrada en vigor y aprobación definitiva

La Cuadrilla de Añana ha publicado definitivamente la modificación de su ordenanza fiscal que regula los precios públicos del servicio comarcal de préstamo de bicicletas eléctricas y bicicletas cargo para movilidad sostenible y uso turístico. El texto íntegro de la modificación aparece en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, número 93, de 17 de agosto de 2026 (referencia del documento: 2026-02413), en la sección II de Administración Local. La norma entrará en vigor el 18 de agosto de 2026, al día siguiente de su publicación oficial.

La aprobación definitiva se produce después de que la Junta de la Cuadrilla de Añana adoptara el acuerdo de aprobación inicial en sesión extraordinaria celebrada el 16 de junio de 2026, y de transcurrir el plazo previsto sin que se presentaran reclamaciones en tiempo y forma, tal y como exige el artículo 16, apartados 3 y 4, de la Norma Foral 41/1989, de 19 de julio, reguladora de las Haciendas Locales.

Tarifas para particulares y visitantes

El artículo 5 de la ordenanza establece dos modalidades de alquiler para ciudadanía en general y personas visitantes:

  • Alquiler mediodía (mañana de 9:00 a 14:00 horas o tarde de 15:00 a 20:00 horas): 5,00 euros
  • Alquiler día completo: 10,00 euros

Todas las tarifas incluyen el IVA. El pago se realizará en el momento de solicitar el servicio, a través de la aplicación móvil o del sistema de cobro habilitado por la entidad comarcal. La Cuadrilla podrá exigir un depósito previo total o parcial, así como una fianza de 100,00 euros por bicicleta eléctrica ordinaria y de 200,00 euros por bicicleta cargo, que se reintegrará con la devolución del vehículo previa comprobación de su buen estado.

Tarifas para profesionales del sector turístico

La ordenanza también contempla un régimen tarifario reducido para profesionales del sector turístico —personas físicas autónomas o jurídicas— autorizados por la Cuadrilla a utilizar bicicletas cargo para actividades vinculadas al turismo, logística de apoyo o transporte compatible con las características del vehículo:

  • Alquiler diario: 5,00 euros
  • Alquiler semanal: 50,00 euros
  • Alquiler mensual: 140,00 euros

El casco como elemento auxiliar tiene un coste adicional de 1,00 euro por unidad. Los retrasos en la devolución sin causa justificada conllevan penalizaciones que van desde los 15,00 euros por retrasos de entre 30 minutos y 8 horas hasta 25,00 euros por retrasos de entre 8 y 24 horas, con una penalización adicional de 15,00 euros por cada día natural completo a partir de las 24 horas.

Período de prueba gratuito y bonificaciones sociales

La norma establece un período gratuito y de prueba que se extiende desde el 1 de enero hasta el 15 de septiembre de 2026, durante el cual los usuarios pueden disfrutar del servicio sin coste. Superada esta fase, las tarifas para particulares se reducirán con una bonificación del 10 por ciento para los siguientes colectivos:

  • Personas integrantes de familias numerosas, monoparentales o educadoras que acrediten dicha condición
  • Titulares de carné de estudiante, carné joven o tarjeta de desempleo

Con esta bonificación, el alquiler mediodía pasa a costar 4,50 euros y el día completo a 9,00 euros.

Incentivos para el uso habitual

Con el objetivo de fomentar la movilidad sostenible y premiar a los usuarios habituales, la ordenanza introduce un sistema de bonificaciones progresivo según el número de usos anuales:

  • De 1 a 4 usos anuales: 0% de descuento
  • De 5 a 9 usos anuales: 10% de descuento
  • De 10 a 19 usos anuales: 30% de descuento
  • De 20 o más usos anuales: 50% de descuento

La gestión del servicio corresponde íntegramente a la Cuadrilla de Añana, conforme a la ordenanza reguladora del servicio comarcal. El acuerdo fue firmado en Ribabellosa el 10 de agosto de 2026 por el presidente de la entidad, Rubén Torremocha Galán, y queda publicado en cumplimiento de los artículos 49 c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.


Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 93, 17 de agosto de 2026, sección II – Administración Local (referencia oficial: 2026-02413).