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BOP de Segovia · 21 Aug 2026 · 1 vistas

Cuéllar aprueba la tasa definitiva de estacionamiento en zona O.R.A.

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Cuéllar ha aprobado definitivamente la Ordenanza fiscal n.º 26 reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en zona O.R.A., cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia número 100, de 21 de agosto de 2026 (referencia RE-13329). Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, el acuerdo plenario provisional ha quedado automáticamente elevado a definitivo.

La publicación se realiza en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. La ordenanza se dicta en ejercicio de la potestad tributaria prevista en el artículo 133.2 de la Constitución, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local.

Hecho imponible y sujetos pasivos

La tasa grava la utilización privativa del dominio público municipal mediante el estacionamiento de vehículos en las vías públicas situadas en las zonas establecidas como sujetas a las limitaciones y controles del servicio O.R.A. Es sujeto pasivo el titular del vehículo o el conductor, según la modalidad, conforme a la Ley General Tributaria.

Quedan excluidos del pago de la tasa los siguientes vehículos:

  • Bicicletas y patinetes.
  • Motocicletas.
  • Servicios funerarios en servicio.
  • Ambulancias en servicio.
  • Vehículos que exhiban la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

Tarifas por tiempo y tarjeta de residente

El artículo 5.º fija las tarifas y cuotas, que se abonan mediante autoliquidación vía ticket. La tarjeta de residente anual se establece en 120,00 €, mientras que el estacionamiento por tiempo se tarifa de forma progresiva:

  • De 0 a 10 minutos: 0,10 €.
  • 30 minutos: 0,30 €.
  • 60 minutos (1 hora): 0,80 €.
  • 90 minutos (1 h 30 min): 1,40 €.
  • 120 minutos (2 horas): 2,00 €.

Además, se fija una cuota de 4,00 € por media hora de exceso en la anulación de una denuncia. El periodo impositivo coincide con el año natural o con el tiempo de estacionamiento, y el régimen de infracciones y sanciones se remite al Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, de tráfico y seguridad vial, y a la Ley 58/2003.

Entrada en vigor y recursos

La ordenanza deroga la anterior Ordenanza Fiscal n.º 26 y entrará en vigor el día de su publicación completa en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas. Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde su notificación.

La aprobación definitiva de la tasa dota de seguridad jurídica al servicio de estacionamiento regulado de Cuéllar, afectando tanto a los conductores que aparcan en la zona O.R.A. como a los residentes, que dispondrán de una tarjeta anual de 120 euros para estacionar en su municipio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, núm. 100, 21 de agosto de 2026, pág. 23-25 (referencia oficial: RE-13329).