BOP de Tarragona · 09 Sep 2026 · 3 vistas
Creixell aprueba definitivamente las nuevas tarifas del suministro de agua potable
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Creixell ha aprobado definitivamente la ordenanza que regula las tarifas y precios del servicio municipal de suministro de agua potable y servicios complementarios. La norma, firmada por la alcaldesa Montserrat Muñoz Madueño, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona del 9 de septiembre de 2026 con la referencia CVE 2026-08241.
La ordenanza, número 22, tiene la naturaleza de prestación patrimonial de carácter público no tributario, según el artículo 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, el acuerdo plenario provisional quedó automáticamente elevado a definitivo. El servicio se presta en régimen de gestión indirecta, en la modalidad de concesión administrativa, por una entidad suministradora.
Tarifas por usos y consumos
La tarifa de suministro combina una cuota fija, según el uso y el calibre del aparato de medida, y una cuota variable en función del volumen consumido. Para el uso doméstico general, el mínimo de consumo es de 15 m³ por unidad de convivencia y mes, con un precio de 1,2425 €/m³ hasta el mínimo y de 1,5395 €/m³ por el exceso.
- Uso doméstico general: mínimo de 15 m³/uc/mes; 1,2425 €/m³ hasta el mínimo y 1,5395 €/m³ en exceso.
- Tarifa de fugas: 1,2425 €/m³ para el consumo habitual en caso de fuga debidamente acreditada.
- Unidades de convivencia numerosas: ampliación de 3 m³/mes por cada persona que supere el límite de tres convivientes.
Tarifa social y mínimo de pensionistas
La ordenanza prevé una tarifa social para los abonados que disfrutan del canon social de la Agencia Catalana del Agua (ACA), con un precio de 0,6213 €/m³ hasta el mínimo y de 1,5395 €/m³ en exceso. Además, se establece un mínimo de consumo reducido para colectivos vulnerables.
- Tarifa social: 0,6213 €/m³ hasta el mínimo y 1,5395 €/m³ en exceso.
- Mínimo de pensionistas: 10 m³/uc/mes para residentes discapacitados o pensionistas mayores de 65 años.
- Requisitos de renta: máximo de 2 veces el IPRIM si viven solos, o 2,5 veces si viven en pareja.
- Solicitud: los abonados deben solicitar el mínimo reducido al Ayuntamiento.
Conservación, conexiones y facturación
La conservación de acometidas y contadores se factura con una cuota fija mensual según el calibre del equipo, y los derechos de conexión municipales se establecen en 50,44 € por alta. La facturación se realiza por periodos vencidos, con una periodicidad no superior a tres meses, y el pago debe efectuarse en un plazo de veinte días naturales desde la emisión.
- Conservación de acometidas y contadores: 1,38 €/mes hasta 15 mm; 2,30 € de 20 mm; 2,62 € de 25 mm; 4,74 € de 30 mm; y 11,06 € de 40 mm o más.
- Derechos de conexión municipales: 50,44 € por cada alta.
- Pago: veinte días naturales desde la emisión de la factura.
La nueva regulación afecta a todos los abonados del municipio e introduce mecanismos de protección para los colectivos más vulnerables, como la tarifa social y el mínimo de consumo para pensionistas. Contra el acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Tarragona en el plazo de dos meses desde la publicación.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, 9-9-2026, secció I, pàg. 1-7 (referència oficial: CVE 2026-08241).