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BOP de Pontevedra · 19 Oct 2026 · 7 vistas

Covelo subvenciona libros infantiles con hasta 125 euros por alumno

Por FactBox Admin

Covelo subvenciona libros de infantil con ata 125 euros por alumno

El Ayuntamiento de Covelo ha abierto la convocatoria de ayudas municipales para la adquisición de libros y material escolar del curso 2026/2027, dirigida a las familias del alumnado de educación infantil (segunda etapa) matriculado en centros docentes públicos del municipio. Las bases fueron aprobadas por acuerdo del 8 de octubre de 2026 de la Junta de Gobierno Local y el extracto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) número 201, del 19 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026073433. La cuantía máxima es de 100 euros por alumno, que puede alcanzar los 125 euros en los casos de discapacidad reconocida o de familia numerosa.

La convocatoria se tramita en concurrencia competitiva y tiene carácter de régimen compensatorio de carácter social, con el objetivo declarado de paliar los gastos que supone la escolarización de los hijos. El extracto se publica al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el texto completo de las bases está disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) con el identificador 935312. Las bases reguladoras se publicarán además en la página web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios. El documento está firmado en Covelo el 14 de octubre de 2026 por el alcalde-presidente, Juan Pablo Castillo Amigo, y lleva el código seguro de verificación AF0DHXVOZWT30BJC.

Renta per cápita máxima de 14.400 euros

Pueden solicitar la ayuda las personas físicas —padre, madre, tutor o tutora— de uno o varios niños, así como las familias de acogida, siempre que cumplan un conjunto de requisitos:

  • Ser padre, madre, tutor legal o familia de acogida de alumnado matriculado en educación infantil (segunda etapa) en un centro público de Covelo en el curso 2026/2027.
  • Convivir con la alumna o alumno para quien se solicita la ayuda.
  • Tener una renta per cápita familiar igual o inferior a 14.400,00 euros.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y no tributarias con la hacienda local, aportando informe o certificado del ORAL.
  • Estar al corriente con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA).
  • No tener pendiente de justificación ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento en el ejercicio anterior.
  • No incurrir en las circunstancias del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La renta per cápita se calcula dividiendo la renta de la unidad familiar entre el número de personas computables. Cuentan como tales las madres y padres, tutores legales, hijas e hijos solteros menores de 25 años e hijas e hijos mayores de edad con discapacidad que convivan en el domicilio familiar. En caso de divorcio o separación legal no se considera miembro computable quien no conviva con el alumno, salvo en custodia compartida, y sí cuenta la nueva pareja o cónyuge. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33%, o que acrediten una pensión de incapacidad permanente en los grados total, absoluta o gran invalidez, computan por dos. La renta familiar resulta de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, y se tienen en cuenta la situación familiar y personal al 31 de diciembre de 2025 y la renta de 2025.

Cuantía y prorrateo del crédito

La cuantía máxima de la ayuda es de 100,00 euros por cada alumna o alumno. En el caso de alumnado con alguna discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, la ayuda puede llegar a los 125,00 euros, y el mismo límite se aplica a las familias numerosas. Si las solicitudes aceptadas superan las previsiones y se excede el crédito destinado a la subvención, el crédito total previsto se prorrateará entre las solicitudes admitidas, de modo que ninguna familia tiene garantizada la cuantía íntegra si la demanda supera la dotación.

Quince días hábiles para presentar la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes, y en su caso la justificación, es de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación oficial del extracto en el BOPPO, es decir, desde el 20 de octubre de 2026. Las bases completas pueden consultarse en la BDNS a través de la dirección indicada en el extracto, con el identificador 935312.

La convocatoria llega a las familias cuando el curso ya está en marcha y cubre una etapa, la educación infantil, en la que el material escolar no es gratuito. Para un municipio pequeño como Covelo, con un solo centro público de referencia, el límite de renta de 14.400 euros por persona y el suplemento para discapacidad y familia numerosa determinan quién puede acceder a una ayuda que, en la práctica, puede cubrir buena parte del coste de libros y material del curso.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO), núm. 201, 19 de octubre de 2026, Administración Local, Concello de Covelo (referencia oficial: 2026073433; BDNS 935312).