EUR-Lex · 05 Oct 2026 · 15 vistas
El Consejo establece la posición de la UE sobre la aclaración de la tasa aduanera del Marco de Windsor
Por FactBox Admin

El Consejo de la Unión Europea ha fijado la posición que la Unión Europea adoptará en el seno del Comité Mixto sobre una declaración conjunta con el Reino Unido para extender el artículo 5 del Marco de Windsor a la tasa de gestión cobrada por las mercancías vendidas mediante ventas a distancia. La decisión fue adoptada el 1 de octubre de 2026 y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 5 de octubre de 2026 como Decisión del Consejo (UE) 2026/2232. El proyecto de declaración conjunta se anexa a la decisión y se presentaría en la próxima reunión del Comité Mixto.
El Marco de Windsor es el nombre otorgado al Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte en virtud de la Declaración Conjunta n.º 1/2023 de 24 de marzo de 2023, y forma parte integrante del Acuerdo de Retirada en virtud del artículo 182 de dicho acuerdo. El Acuerdo de Retirada fue concluido por la Unión el 30 de enero de 2020 mediante la Decisión del Consejo (UE) 2020/135 y entró en vigor el 1 de febrero de 2020. El Comité Mixto que lo supervisa se establece conforme al artículo 164(1) del acuerdo.
Lo que aclara la declaración conjunta
La declaración tiene por objeto confirmar que las disposiciones del artículo 5 del Marco de Windsor sobre el pago, la recaudación y la remisión de los derechos de aduana también cubren una tasa de gestión establecida por la legislación de la Unión para el procesamiento de una solicitud de despacho a libre circulación de mercancías vendidas mediante venta a distancia. El artículo 5(1) ya prevé que no se pagarán derechos de aduana por las mercancías transportadas directamente a Irlanda del Norte desde otra parte del Reino Unido que no corran el riesgo de ser trasladadas a la Unión, y que las mercancías procedentes del exterior estarán sujetas a los derechos aplicables en el Reino Unido.
El proyecto de texto establece que el artículo 5(1) debe entenderse como aplicable a una tasa de gestión que cubra el coste de servicios tales como:
- la comprobación de los datos facilitados por el operador;
- la realización de análisis de riesgo;
- la ejecución de controles documentales y físicos cuando sea necesario.
La tasa de gestión en cuestión
La tasa en cuestión es la tasa de gestión de la Unión introducida por el Reglamento (UE) 2026/2108 de 16 de septiembre de 2026, que establece el Código Aduanero de la Unión y la Autoridad Aduanera de la Unión Europea y deroga el Reglamento (UE) n.º 952/2013. Dicho reglamento prevé un importe fijo por artículo para las mercancías vendidas mediante ventas a distancia, con una tasa inferior cuando las mercancías sean despachadas de depósitos aduaneros para ventas a distancia, y establece que el deudor de la tasa será la misma persona que el deudor de la deuda aduanera.
En virtud del artículo 5(6) del Marco de Windsor, los derechos de aduana percibidos por el Reino Unido de conformidad con la legislación aduanera de la Unión no se remiten a la Unión. El proyecto de declaración establece que esta disposición debe aplicarse en su totalidad a los ingresos derivados de una tasa de gestión de esa naturaleza, de modo que los ingresos permanezcan en el Reino Unido. El texto vincula esta aclaración a las obligaciones de las partes como miembros de la Organización Mundial del Comercio.
Base jurídica y procedimiento
La decisión se fundamenta en el artículo 50(2) del Tratado de la Unión Europea, leído conjuntamente con el artículo 218(9) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y sigue una propuesta de la Comisión Europea. El Consejo señala que la declaración conjunta, si se realiza en el seno del Comité Conjunto, constituirá un acto con efectos jurídicos en el sentido del artículo 218(9).
El artículo 1 de la decisión establece que la posición de la Unión es la contenida en el proyecto de declaración conjunta adjunto. El artículo 2 establece que la decisión entra en vigor en la fecha de su adopción. Se redactó en Luxemburgo el 1 de octubre de 2026 y fue firmada en nombre del Consejo por su Presidente, J. O’Callaghan.
La aclaración es relevante para los operadores que trasladan mercancías entre Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ya que determina si la nueva tasa de gestión de la Unión sobre las ventas a distancia se trata como un derecho de aduana en virtud del Marco de Windsor y si sus ingresos permanecen en el Reino Unido. Asimismo, elimina una fuente de incertidumbre jurídica para los operadores antes de la próxima reunión del Comité Conjunto, donde se llevará a cabo la declaración.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, n.º 2026/2232, 5 de octubre de 2026 (referencia oficial: Decisión del Consejo (UE) 2026/2232).