Moniteur Belge · 01 Oct 2026 · 26 vistas
Cotización de pensión local elevada al 45,50 % para 2027 a 2029
Por FactBox Admin

La tasa de la cotización de pensión básica del Fondo de pensiones solidario de las administraciones provinciales y locales se incrementa del 45,00 % al 45,50 % para los años 2027, 2028 y 2029. La decisión figura en el real decreto del 23 de septiembre de 2026, publicado en el Moniteur belge del 1 de octubre de 2026, página 52586, bajo la referencia oficial 2026/202593. El texto está firmado por el Rey Philippe y refrendado por el ministro de Pensiones, J. Jambon.
La base jurídica y el motivo invocado
El decreto se adopta en ejecución del artículo 16, párrafo 1, 1), de la ley del 24 de octubre de 2011 que asegura una financiación sostenible de las pensiones de los miembros del personal nombrado con carácter definitivo de las administraciones provinciales y locales y de las zonas de policía local, la cual modifica la ley del 6 de mayo de 2002 relativa a la creación del fondo de pensiones de la policía integrada.
El preámbulo recuerda que la tasa de la cotización de pensión básica había sido fijada en el 45,00 % para los años 2025 y 2026. Justifica el incremento por la situación presupuestaria del fondo, que «requiere que la tasa de la cotización de pensión básica se eleve al 45,50 % para los años 2027, 2028 y 2029».
El mismo preámbulo precisa la lógica del calendario: la tasa debe ser conocida por las administraciones afiliadas al fondo para los tres próximos años, de modo que, en virtud del artículo 16, párrafo 1, 1), de la ley de 2011, debe fijarse hasta 2029 inclusive.
Un procedimiento marcado por dictámenes previos
El expediente fue instruido por el Servicio Público Federal de Seguridad Social, sección bajo la cual se publica el decreto. Las etapas formales mencionadas en el texto son las siguientes:
- Dictamen del Comité de gestión de pensiones de las administraciones provinciales y locales del Servicio Federal de Pensiones, emitido el 31 de agosto de 2026.
- Dictamen del Inspector de Finanzas, emitido el 9 de septiembre de 2026.
- Acuerdo del Ministro de Presupuesto, otorgado el 16 de septiembre de 2026.
- Propuesta del Ministro de Pensiones y dictamen de los ministros reunidos en Consejo.
- Exención del análisis de impacto de la normativa, en aplicación del artículo 8, § 1, 4°, de la ley del 15 de diciembre de 2013 que contiene diversas disposiciones relativas a la simplificación administrativa, al calificarse el proyecto como disposiciones de autorregulación.
Lo que establece la parte dispositiva
El decreto consta de solo dos artículos. El primero fija la tasa de la cotización de pensión básica del fondo en el 45,50 % para los tres ejercicios afectados; el segundo encomienda la ejecución del texto al ministro que tenga las Pensiones entre sus atribuciones.
Concretamente, el dispositivo se aplica a las administraciones afiliadas al fondo, a saber, las administraciones provinciales y locales, así como las zonas de policía local contempladas en la ley de 2011. El incremento de 0,50 puntos porcentuales se suma al aumento ya acordado para el periodo 2025-2026 y se extiende sobre un horizonte de tres años, hasta 2029 inclusive.
Alcance para los poderes locales
Para los municipios, las provincias y las zonas de policía local afiliadas, la cotización de pensión básica constituye un gasto de personal obligatorio, cuyo tipo es ahora conocido y estable para 2027, 2028 y 2029. El paso del 45,00 % al 45,50 % aumenta mecánicamente el coste de la masa salarial pensionable de estas entidades durante tres ejercicios presupuestarios, sin margen de negociación local ya que el tipo es fijado por el Rey.
La publicación en el Moniteur belge del 1 de octubre de 2026 hace que la norma sea oponible y proporciona a las administraciones afectadas la base numérica necesaria para sus proyecciones presupuestarias plurianuales.
Fuente: Moniteur belge del 1 de octubre de 2026, orden real del 23 de septiembre de 2026, p. 52586, referencia 2026/202593.