Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 18 Sep 2026 · 14 vistas
Cornellà nombra Oscar Buxeres secretario general y redefine que las delegaciones de firma
Por FactBox Admin

Cornellà de Llobregat tiene nuevo secretario general. Oscar Buxeres Soler ha sido nombrado en comisión de servicios para ocupar este puesto en el Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat, por resolución de la Dirección General de Administración Local del Departamento de Presidencia de la Generalitat de Catalunya de 31 de agosto de 2026 (Exp. 807/2026). El Decreto de Alcaldía núm. 4636/2026, de 14 de septiembre, aprueba la propuesta de delegación de atribuciones y de firma de documentos de la Secretaría General, y el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona lo publica el 18 de septiembre de 2026 (CVE 202610141949, págs. 1-16).
El decreto se aprueba en cumplimiento del artículo 178 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM) y se fundamenta en los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la fe pública y del asesoramiento legal preceptivo, y el consistorio justifica el movimiento por razones organizativas y para dar más fluidez y celeridad a los órganos complementarios y más eficacia en la tramitación de los expedientes administrativos.
Un régimen de delegaciones en tres bloques
El nuevo esquema se articula en tres niveles: delegación total de competencias, delegación parcial de competencias y delegaciones de firma. La delegación total se concentra en las secretarías de los órganos colegiados de carácter complementario, los organismos autónomos y otros órganos municipales; la parcial se limita al control de la elaboración y la firma original de los documentos de notificación; y las delegaciones de firma cubren compulsa de documentos, contratos, actas de recepción y diligencias.
Los secretarios y secretarias delegados deberán ajustar su actuación a los artículos 175 y siguientes del ROM, a los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015 y al artículo 8 de la Ley 26/2010, con aplicación supletoria de los artículos 134 a 138 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. No podrán subdelegar las competencias y deberán informar a la Secretaría General de cada ejercicio con copia de convocatorias y actas.
Secretarías delegadas de comisiones y organismos
Las secretarías de las comisiones informativas permanentes y especiales pasan a manos de funcionarios municipales:
- Presidencia, Economía e Interior: Jesús Chacón Murillo, jefe de Secretaría, que asume también la Secretaría de la Comisión Especial de Cuentas.
- Territorio, Medio Ambiente y Espacio Público: Ana Gayoso Díaz, jefa de unidad de Normativa Municipal.
- Políticas Sociales y Comunitarias: Núria Álvarez Fustes, técnica de Secretaría General.
- Patrimonio Arquitectónico e Histórico Artístico: Juan Fernández Trabal, jefe del Área de Gestión del Patrimonio Cultural y Bibliográfico.
Se mantiene la delegación a Jesús Chacón Murillo para la Secretaría del Instituto Municipal de Radiodifusión de Cornellà de Llobregat. También se delegan secretarías a Maria Inmaculada Salas Jiménez (Ponencia Técnica Municipal de Actividades), Mª Teresa Mateo López (Consejo Escolar Municipal), Núria Álvarez Fustes (comisión de seguimiento del Reglamento para el uso de la lengua catalana), Carmen Costafreda Roda (Plan de Seguridad Local), Eva Moreno Alcalde (Comisión Municipal de Protección Civil), Dolors Leyva Grasa (Consejo de Ciudad) e Inmaculada Muñiz Rodríguez (Mesa Técnica de la Infancia).
Notificaciones, firma y vigencia
La delegación parcial, amparada en el artículo 12 de la Ley 40/2015, atribuye el control de las notificaciones de decretos de alcaldía y de acuerdos del Pleno y de la Junta de Gobierno Local a quince funcionarios, entre los cuales Gemma Lucena Soliva, Mireia Ylla-Català Passola, Sonia Jiménez López, Narcís Soler i Parpal, Antonio Martín Civantos, Laura Pérez Gálvez, Mª Fuencisla Bolea Capistrós, Rosario Campos Felguera, César Romero García, Montserrat Acedo Acedo, David Calabuig Aracil y Antonio Amenós Álamo. El procedimiento se ajustará a los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015 y a los artículos 56 y siguientes de la Ley 26/2010.
Los órganos de selección de personal tendrán ocho secretarios delegados: Pilar Perancho Medina, Sonia Jiménez López, Dolors Márquez Vázquez, Patricia Moreno Vizuete, Pilar Lorenzo Comino, Marc Villellas Ballestar, Neus Beltran Masgoret y Sara Labrador Toribio. Para jurados, mesas de contratación, sorteos públicos, subvenciones y procesos de participación ciudadana se designa indistintamente a Jesús Chacón Murillo, Ana Gayoso Díaz y Núria Álvarez Fustes.
Las delegaciones son efectivas de manera inmediata y con carácter indefinido, dejan sin efecto las anteriores sobre las mismas materias y son revocables. En caso de ausencia de los titulares, la Secretaría General decidirá si asume directamente las competencias o las traspasa a otro funcionario, sin necesidad de nuevo decreto ni publicación. Se mantiene la suplencia otorgada a Ana Geréz García por escrito de 9 de noviembre de 2022.
El decreto obliga a hacer constar en el pie de firma la fórmula de delegación —p.d. por competencias y p.d.f. por firma— y a publicar el contenido en el tablón de anuncios, en la sede electrónica municipal y en el boletín provincial, en aplicación de la Ley 19/2013 y la Ley 19/2014 de transparencia. El documento está firmado en Cornellà de Llobregat el 15 de septiembre de 2026.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 18 de setembre de 2026, Administració Local, pàg. 1-16 (referencia oficial: CVE 202610141949).