Diario Oficial de la República de Chile · 25 Sep 2026 · 7 vistas
Contraloría toma razón con alcance del nuevo comisionado de la CNA
Por FactBox Admin

El Diario Oficial de la República de Chile publicó el viernes 25 de septiembre de 2026 el decreto N° 130 del Ministerio de Educación, que designa a Manuel Alejandro Luna Monsalve como comisionado de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). La Contraloría General de la República cursó el nombramiento mediante el oficio N° OF173925/2026, de 10 de septiembre de 2026, aunque con un alcance formal sobre la norma citada en el decreto. El acto fue dictado el 5 de mayo de 2026 y firmado por el Presidente de la República, José Antonio Kast Rist, y la Ministra de Educación, María Paz Arzola González.
La CNA es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por el artículo 6° de la ley 20.129, encargado de evaluar, acreditar y promover la calidad de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica autónomos, además de sus carreras y programas. La comisión se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación, cuyo titular dictó la designación por intermedio de la Subsecretaría de Educación Superior.
Una designación por seis años y con acuerdo del Senado
El artículo primero del decreto designa a Luna Monsalve, RUN 14.902.702-5, como comisionado de la CNA por un periodo de seis años, sin posibilidad de ser designado nuevamente para un periodo consecutivo. El nombramiento recae en un académico universitario de reconocido prestigio y amplia trayectoria en gestión institucional, docencia de pregrado o formación de postgrado, vinculado a una universidad con domicilio en una región distinta de la Región Metropolitana.
El artículo segundo establece que, por razones impostergables de buen servicio, el designado asumirá sus funciones a contar de la fecha de su designación, sin esperar la total tramitación del decreto. El artículo tercero ordena notificar la medida a la Dirección Nacional del Servicio Civil, a la Comisión Nacional de Acreditación y al propio Manuel Alejandro Luna Monsalve.
Contraloría cursa el decreto con un alcance
La Contraloría General de la República tomó razón del decreto por ajustarse a derecho, pero hizo presente que el nombramiento corresponde a uno de los integrantes de la letra a) del inciso primero del artículo 7 de la ley 20.129, y no a la letra b) consignada en la sección decisoria del acto administrativo. El oficio fue suscrito por Ariel Grinspun Siguelnitzky, Jefe de la División de Función Pública (S), por orden de la Contralora General.
El alcance no altera la validez del nombramiento: la Contraloría confirmó que el designado estuvo vinculado a una institución con domicilio en una región distinta de la Región Metropolitana, requisito que lo encuadra en la letra a) del artículo 7 de la ley 20.129.
El proceso de selección previo
La designación cerró un procedimiento regulado por la ley 19.882 y la ley 20.129, cuyos hitos principales fueron:
- El Consejo de Alta Dirección Pública remitió al Presidente de la República las nóminas de candidatos para proveer cuatro cargos de comisionados de la CNA, mediante oficio RES PIN-ORST-00026-2025, de 27 de mayo de 2025, aprobadas en su sesión ordinaria 1.965 de 13 de mayo de 2025.
- El oficio GAB. PRES. 333, de 2 de marzo de 2026, dirigió al Presidente del Senado los candidatos calificados como idóneos y elegibles.
- El oficio 89/SEC/26, de 25 de marzo de 2026, comunicó al Presidente de la República que el Senado dio su acuerdo al candidato propuesto en la terna.
- El Ord. (D.J.L.) 468, de 26 de marzo de 2026, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia remitió la comunicación al Ministerio de Educación para dictar el decreto supremo de nombramiento.
La ley 20.129 dispone que la CNA se integra, entre otros, por cuatro académicos de reconocido prestigio, de los cuales al menos dos deben estar o haber estado vinculados a universidades con domicilio fuera de la Región Metropolitana. Tres de esos comisionados son designados por el Presidente de la República con acuerdo de tres quintos del Senado, a partir de una terna propuesta por el Consejo de Alta Dirección Pública.
El nombramiento define a uno de los responsables de fiscalizar la acreditación de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, un ámbito de alto impacto para estudiantes, instituciones y el sistema de educación superior en su conjunto. La publicación del decreto y del alcance de Contraloría deja además constancia pública del criterio con que el órgano contralor interpreta los requisitos de integración de la CNA.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.558, viernes 25 de septiembre de 2026, Sección I, págs. 1-3 (referencia oficial: CVE 2873272).