Diario Oficial de la República de Chile · 26 Sep 2026 · 5 vistas
Contraloría delega por tres meses la toma de razón de sumarios disciplinarios
Por FactBox Admin

La Contraloría General de la República delegó por tres meses en la jefatura de la División de Función Pública la facultad de firmar “Por orden del Contralor General” la toma de razón de las resoluciones de sumarios e investigaciones sumarias emitidas por los Servicios de Salud y las universidades estatales de la Región Metropolitana. La decisión consta en la resolución Núm. 18, de Santiago, 21 de septiembre de 2026, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile Núm. 44.559, del sábado 26 de septiembre de 2026, Sección I, Normas Generales, páginas 1 y 2 (referencia oficial: CVE 2878309). El instrumento lleva la firma de Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República.
El marco legal de la delegación
La resolución se dicta al amparo de los artículos 98 y 99 de la Constitución Política de la República, de la ley Nº 10.336, de la ley Nº 18.834, de la ley Nº 18.575, de la resolución Nº 36, de 2024, de la propia Contraloría, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y del decreto supremo Nº 1.474, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
El texto recuerda que la toma de razón es un control obligatorio de juridicidad que resguarda los principios de legalidad y probidad, el derecho a una buena Administración y el buen uso de los recursos públicos. Añade que el artículo 18, numeral 18.7, de la resolución Nº 36, de 2024, somete a ese trámite los sobreseimientos, absoluciones y aplicación de medidas disciplinarias en investigaciones sumarias y sumarios administrativos instruidos u ordenados instruir por la Contraloría.
Qué actos quedan comprendidos
El artículo primero de la delegación abarca la toma de razón de los actos administrativos y también los oficios de alcance, instrucciones, representación y restitución asociados a las resoluciones de:
- Los Servicios de Salud de cobertura de la Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.
- Las universidades estatales de esa misma cobertura regional.
- Las investigaciones sumarias y sumarios administrativos ordenados instruir por la Contraloría General de la República.
La delegación se limita a los actos que resuelven esos procedimientos disciplinarios y no se extiende a otras materias sometidas a toma de razón.
Vigencia, redistribución y publicidad
El artículo segundo fija una vigencia temporal de tres meses contados desde la entrada en vigencia de la resolución, que según el artículo cuarto rige desde su publicación en el Diario Oficial, esto es, desde el 26 de septiembre de 2026. El artículo tercero ordena a la Contraloría Regional Metropolitana de Santiago adoptar las medidas necesarias para redistribuir en la División de Función Pública los actos administrativos de esta materia que a esa fecha se encuentren en tramitación en la sede regional. El artículo quinto dispone incorporar el acto a la sección en línea de actos administrativos de la Contraloría, en cumplimiento de la ley Nº 20.285 sobre acceso a la información pública.
El considerando cuarto del documento justifica la medida en que la Contraloría Regional Metropolitana de Santiago mantiene en tramitación un alto número de actos de los Servicios de Salud y universidades estatales que resuelven investigaciones sumarias y sumarios ordenados instruir por la Contraloría, lo que impacta en los tiempos de tramitación. La delegación busca un ejercicio “eficiente, ágil y oportuno” de las funciones del organismo fiscalizador.
Impacto para los funcionarios y los servicios
La decisión afecta directamente a los funcionarios públicos de los Servicios de Salud y de las universidades estatales de la Región Metropolitana cuyos procesos disciplinarios permanecían detenidos a la espera del control de legalidad. Al trasladar la firma de la toma de razón a la jefatura de la División de Función Pública por un plazo acotado de tres meses, la Contraloría busca reducir la demora en la resolución de sumarios que definen sobreseimientos, absoluciones o medidas disciplinarias, con efecto sobre la carrera funcionaria y sobre la certeza jurídica de los procedimientos.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.559, sábado 26 de septiembre de 2026, Sección I, Normas Generales, págs. 1-2 (referencia oficial: CVE 2878309).