FactBox.

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 10 Oct 2026 · 23 vistas

Constituida la Junta Electoral Provincial de Madrid para las generales de noviembre

Por FactBox Admin

Constituida la Junta Electoral Provincial de Madrid para las generales de noviembre

La Junta Electoral Provincial de Madrid quedó constituida el 9 de octubre de 2026, a las 11:00 horas, en cumplimiento del artículo 14.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2016, de 31 de octubre. El acta se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 242, de 10 de octubre de 2026, sección II, página 175, con la referencia BOCM-20261010-22.

El edicto se emite en el marco de la convocatoria de elecciones generales al Congreso de los Diputados y al Senado para el domingo 29 de noviembre de 2026, acordada por el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre de 2026. Así lo recogen los edictos de constitución de las juntas electorales de zona difundidos ese mismo día en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La Junta Electoral Provincial de Madrid es el órgano que supervisa el proceso electoral en la provincia: vela por la igualdad de las candidaturas, resuelve recursos y quejas y ejerce la autoridad sobre el censo y la propaganda electoral durante el periodo convocado.

Composición de la Junta

El acta detalla los cinco miembros que integran el órgano, todos ellos con tratamiento de ilustrísimo:

  • Presidencia: Carlos López Muñiz.
  • Vocales judiciales: Lorenzo Valero Baquedano y Noemí Mañueco Boto.
  • Delegado provincial del censo: Manuel Herrera Espiñeira.
  • Secretaría: María Montserrat González Fernández.

La secretaria de la Junta, María Montserrat González Fernández, es la firmante del acta expedida en Madrid el 9 de octubre de 2026, con el número de expediente (03/16.468/26).

Juntas de zona constituidas el mismo día

La publicación del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 242 acompaña al acta provincial con la constitución de las juntas electorales de zona de la región, que reproducen el mismo procedimiento del artículo 14 de la LOREG:

  • Junta Electoral de Zona de Madrid, presidida por Eduardo Corral Corral, con Susana María Amador García y María Belén Sánchez Hernández como vocales judiciales y Pilar Pérez García como secretaria.
  • Junta Electoral de Zona de Alcalá de Henares, presidida por Mauricio Daniel Hurtado Cañas, con María Ángeles Carreras Huerta y Carlos Javier Garzón Inigo como vocales y Efraín Fernández Martínez como secretario.
  • Junta Electoral de Zona de Aranjuez, presidida por Cristina García González, con Gabriela María Insúa Ayuso y Sonia Campos Guzón como vocales y Isabel María Sánchez Martín como secretaria.
  • Junta Electoral de Zona de Colmenar Viejo, presidida por Raquel Colmenarejo Vicente, con Verónica Caravantes Figura y Beatriz Viciana Gómez como vocales y María Teresa Pérez Abad como secretaria.
  • Junta Electoral de Zona de Navalcarnero, presidida por Carolina González Pérez, con María Eugenia Sanmartín García-Osorio y Laura Bueso Hernández como vocales y Cristina Lupini González como letrada.
  • Junta Electoral de Zona de San Lorenzo de El Escorial, presidida por Santiago Antonio Muñoz de Toro, con Gerardo Juan Calvo Tello y María Elena Garde García como vocales y Claudia Otero Carrara como secretaria.

Designación y mandato

Los vocales judiciales fueron designados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que celebró sesión el 8 de octubre de 2026, y la presidencia se elige en la propia sesión constitutiva conforme a los artículos 11.2 y 14.3 de la LOREG. El acta de Aranjuez precisa que el mandato de las juntas de zona concluirá cien días después de las elecciones, en aplicación del Acuerdo 625/2015 de la Junta Electoral Central y de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 16 de marzo de 2023.

Con la constitución de estos órganos queda formalmente abierta la estructura que administrará el escrutinio en la Comunidad de Madrid. Para los electores, la composición publicada en el boletín determina ante quién se presentan reclamaciones sobre el censo, las mesas y los resultados, y marca el arranque efectivo del calendario electoral hacia el 29 de noviembre.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 242, de 10 de octubre de 2026, sección II (Disposiciones y anuncios del Estado), pág. 175 (referencia oficial: BOCM-20261010-22).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-10