Registro Oficial del Ecuador · 23 Sep 2026 · 7 vistas
Consejo de la Judicatura expide protocolo de datos para concurso de jueces
Por FactBox Admin

El Pleno del Consejo de la Judicatura expidió el Protocolo para la protección de datos personales en el concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de las y los jueces de la Corte Nacional de Justicia. La decisión consta en la Resolución 197-2026, publicada en el Registro Oficial Suplemento Nº 375 del miércoles 23 de septiembre de 2026. El instrumento fija cómo se recopila, consulta, publica y conserva la información de las y los postulantes y de las impugnaciones ciudadanas durante todas las fases del concurso.
La resolución fue aprobada por unanimidad en la Sesión Ordinaria Nro. 139-2026, del 22 de septiembre de 2026, y suscrita por la presidenta del Consejo de la Judicatura, Mercedes Johanna Caicedo Aldaz, y por los vocales Magaly Camila Ruiz Cajas, Alfredo Juvenal Cuadros Añazco, Damián Alberto Larco Guamán y Fabián Plinio Fabara Gallardo. El secretario general Marco Antonio Cárdenas Chum certificó la aprobación y dio razón del anexo.
El protocolo se articula con el Reglamento para el Concurso Público de Méritos y Oposición, Impugnación Ciudadana y Control Social, expedido mediante Resolución 109-2026, de 3 de julio de 2026, y con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Su elaboración partió del Informe Técnico Nro. CJ-DNTH-SA-2026-1235 y del Memorando Nro. CJ-DNTH-2026-6458-M, ambos de 21 de septiembre de 2026, remitidos por la Dirección Nacional de Talento Humano y validados por la Dirección General y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica.
Qué se publica y qué se reserva
El documento, identificado con el código DNH-SAT-PR-001, versión 1.0, aplica el principio de minimización de datos:
- En formularios y plataformas no se solicitarán ni se visualizarán públicamente dirección domiciliaria, correo electrónico personal ni números telefónicos de contacto.
- En la página web del Consejo de la Judicatura se publicará únicamente la información pública de las y los postulantes para la fase de impugnación y control social.
- El detalle de la prueba psicológica y del examen de confianza queda bajo confidencialidad; solo el resultado final que deba constar en informes será publicable.
- El tratamiento de datos de salud, datos sensibles, de niñas, niños y adolescentes, y de personas con discapacidad requerirá autorización de los titulares.
Control de accesos y confidencialidad
Las medidas técnicas se implementarán en el Sistema Integral de Talento Humano de la Función Judicial (SITHFUJ), con perfiles de acceso por rol, credenciales personales e intransferibles y mecanismos de trazabilidad y auditoría de consultas y descargas.
- Queda prohibida la remisión o el almacenamiento de información del concurso mediante correos personales, servicios de mensajería, dispositivos particulares o servicios externos no autorizados.
- Antes de habilitar el acceso a información no pública, las y los servidores judiciales y las personas externas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad y corresponsabilidad.
- El deber de sigilo subsiste incluso después de concluida la participación o función en el concurso.
Plazos, derechos y responsables
El protocolo reconoce a postulantes y terceros los derechos de acceso, eliminación, rectificación, actualización, oposición, anulación, suspensión del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en valoraciones automatizadas.
- Los expedientes completos se conservarán bajo custodia pasiva del Consejo de la Judicatura por un plazo de siete años.
- Los incidentes de seguridad deberán reportarse en un término de dos días, y las notificaciones a las instancias competentes se efectuarán dentro de los cinco días legalmente establecidos.
- La ejecución corresponde a la Dirección General, la Dirección Nacional de Talento Humano, la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Dirección Nacional de Comunicación Social, la Secretaría General, el Delegado de Protección de Datos Personales y la Unidad Administrativa y Talento Humano de la Corte Nacional de Justicia.
La resolución rige desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y en la página web institucional. El protocolo llega en medio del concurso para renovar la Corte Nacional de Justicia, un órgano de veintiún jueces con sede en Quito y períodos de nueve años, de modo que su aplicación define cuánta información de las y los candidatos llega al público y cuál permanece protegida frente al escrutinio ciudadano.
Fuente: Registro Oficial Suplemento Nº 375, miércoles 23 de septiembre de 2026, Función Judicial y Justicia Indígena, pág. 14 (referencia oficial: Resolución 197-2026).