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BOE · 16 Sep 2026 · 3 vistas

Concurso de traslados para cubrir plazas en el Ministerio Fiscal

Por FactBox Admin

Concurso de traslados para cubrir plazas en el Ministerio Fiscal

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha convocado un concurso de traslados para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal, mediante la Orden PJC/962/2026, de 11 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 229, de 16 de septiembre de 2026. La convocatoria, impulsada a propuesta de la Fiscal General del Estado, abre un plazo de diez días naturales para que fiscales y abogados fiscales de toda España soliciten su nuevo destino.

La orden se dicta al amparo del artículo 36.5 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y de los artículos 63 y siguientes del Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por el Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo. El documento, que se publica en la sección II.B (Oposiciones y concursos), está firmado por delegación por la Directora General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.

Quiénes pueden participar

Pueden tomar parte en el concurso los Fiscales de segunda categoría y los Abogados Fiscales de tercera categoría que lleven más de dos años en la plaza a la que accedieron voluntariamente, así como los abogados fiscales nombrados para su primer destino que lleven más de un año en el mismo. También podrán concursar quienes estén en excedencia voluntaria por cuidado de hijo o familiares durante los dos primeros años, y los reingresados al servicio activo transcurrido un año desde su nombramiento.

Tienen, en cambio, obligación de concursar quienes se encuentren en excedencia voluntaria sin reserva de puesto y hayan solicitado el reingreso, quienes procedan de una suspensión definitiva superior a seis meses, los miembros rehabilitados y los Abogados Fiscales en expectativa de destino, que deberán solicitar todas las vacantes por orden de preferencia.

Plazas ofertadas y solicitudes

Las vacantes se anuncian en el anexo I de la orden y se distribuyen por toda la geografía nacional, desde Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunitat Valenciana hasta Canarias, Illes Balears, Galicia, País Vasco, Navarra y Melilla, entre otras comunidades. Se ofrecen plazas de segunda categoría para fiscales exclusivamente —como las de teniente fiscal en Ávila y Madrid—, plazas para fiscales o abogados fiscales y plazas de tercera categoría para abogados fiscales. A ellas se sumarán, en concepto de resultas, los destinos que queden vacantes como consecuencia de las propias adjudicaciones.

  • Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través del asistente de inscripción de la página web del Ministerio Fiscal (fiscal.es).
  • La identificación se realizará con DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve Pin 24 h o Cl@ve permanente.
  • El plazo es de diez días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
  • No se admitirá ninguna instancia en formato papel.

Adjudicación y condiciones

Las plazas se adjudicarán atendiendo al mejor puesto en el escalafón, conforme al Real Decreto 305/2022. Los fiscales que opten a destinos en comunidades con idioma cooficial o derecho civil propio deberán acreditar su conocimiento, con un nivel mínimo A2 de lengua y 120 horas lectivas de formación en derecho civil. Se contemplan además peticiones condicionadas por convivencia familiar, que permiten vincular la solicitud de dos fiscales dentro de la misma provincia o provincias limítrofes.

El plazo máximo para resolver el concurso será de cuatro meses desde el fin del plazo de presentación, ampliado por el elevado número de plazas ofertadas. La Inspección Fiscal elaborará la propuesta de resolución, que se comunicará a toda la Carrera Fiscal y se elevará al ministerio para su aprobación y publicación.

La convocatoria afecta a cientos de fiscales y abogados fiscales en toda España y constituye una de las operaciones de movilidad más amplias de la Carrera Fiscal, con impacto directo en la cobertura de las fiscalías provinciales, de área y secciones territoriales. Para los profesionales en expectativa de destino o en excedencia, el concurso es además un paso obligado para regularizar su situación y obtener un destino definitivo.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 229, 16 de septiembre de 2026, Sec. II.B, pág. 122432 (referencia oficial: BOE-A-2026-19275).