Diario Oficial de Galicia · 18 Aug 2026 · 11 vistas
Ayuntamiento de Begonte notifica edictos de ejecución subsidiaria por biomasa forestal
Por FactBox Admin

Dos edictos publicados en el DOG contra titulares de parcelas en Begonte
El Ayuntamiento de Begonte hizo público en el Diario Oficial de Galicia (DOG) nº 155, correspondiente al martes 18 de agosto de 2026, dos anuncios en los que se comunica a personas responsables el incumplimiento de la obligación de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas prohibidas en parcelas del término municipal. Se trata de edictos de notificación de ejecución subsidiaria y de recordatorio de obligaciones, publicados en la sección VI. Anuncios, subsección B) Administración Local, amparados en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
Marco legal y procedimiento
La Ley 3/2007 obliga a los titulares de terrenos forestales y de influencia forestal a mantener debidamente gestionada la biomasa vegetal y a retirar las especies arbóreas que la normativa considera prohibidas. Cuando la administración local comprueba el incumplimiento mediante acta de inspección, debe conceder al responsable un plazo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario. Si el plazo expira sin que se ejecute la obra, el ayuntamiento puede proceder a la ejecución subsidiaria —es decir, realizar los trabajos por cuenta del titular y repercutir los costes— y, además, iniciar un procedimiento sancionador.
En el caso de las infracciones leves, la sanción pecuniaria puede alcanzar los 1.000 €, según el artículo 74.a) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, en relación con el artículo 50.1 de la Ley 3/2007. Si la infracción es calificada como grave, la cuantía máxima de la sanción asciende a 100.000 €. En ambos supuestos también se prevé el comiso cautelar de la madera resultante del corte de las especies a retirar.
Acta de inspección: Herederos de Amable Varela Rocha
El primero de los anuncios (referencia CVE-DOG: g00bjnn7-kck7-jy58-xcg7-ugimhso2na16, página 45037) se dirige a los Herederos de Amable Varela Rocha, responsables de una parcela situada junto a la Iglesia de Begonte, en el Polígono 138, Parcela 201. El acta de inspección fue levantada el 22 de junio de 2026 y en ella se constató el incumplimiento del artículo 21 de la Ley 3/2007. El edicto fue firmado por el alcalde, José Ulla Rocha, en Begonte, el 28 de julio de 2026.
- Localización: Junto a la Iglesia, Begonte (Pol. 138, Parc. 201)
- Fecha del acta de inspección: 22 de junio de 2026
- Persona responsable: Herederos de Amable Varela Rocha
- Plazo de cumplimiento voluntario: 15 días naturales desde la recepción
Acta de inspección: Beatriz Guadalupe Redondo Teijeiro
El segundo anuncio (referencia CVE-DOG: xvpatno5-pay0-4ud1-v740-mmryhs17hfg9, página 45040) tiene como destinataria a Beatriz Guadalupe Redondo Teijeiro, titular de una parcela en Prados da Fonte, Begonte, en el Polígono 20, Parcela 11. El acta de inspección data del 1 de junio de 2026. Este anuncio se califica expresamente como «notificación a titulares desconocidos del requerimiento», lo que indica que el ayuntamiento intentó sin éxito notificar el requerimiento anterior de forma directa al responsable.
- Localización: Prados da Fonte, Begonte (Pol. 20, Parc. 11)
- Fecha del acta de inspección: 1 de junio de 2026
- Persona responsable: Beatriz Guadalupe Redondo Teijeiro
- Plazo de cumplimiento voluntario: 15 días naturales desde la recepción
Repercusión y acceso a los terrenos
Ambos edictos advierten de que, de persistir el incumplimiento, el Ayuntamiento de Begonte procederá sin más trámites a la ejecución subsidiaria, realizando la liquidación provisional de los costes y procediendo a su exacción inmediata. La normativa habilita además al sujeto que ejecute los trabajos a acceder a los terrenos sin el consentimiento de la persona titular, salvo cuando el acceso afecte a espacios susceptibles de constituir domicilio a efectos del artículo 18.2 de la Constitución española. Las personas titulares de los terrenos o de los derechos de aprovechamiento tienen la obligación legal de facilitar el acceso necesario para la realización de los trabajos.
Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), nº 155, 18 de agosto de 2026, sección VI. Anuncios, B) Administración Local, pág. 45037–45042 (referencias oficiales: CVE-DOG: g00bjnn7-kck7-jy58-xcg7-ugimhso2na16 y CVE-DOG: xvpatno5-pay0-4ud1-v740-mmryhs17hfg9).