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Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana · 22 Oct 2026 · 11 vistas

La Comisión de la UE actualiza las zonas restringidas de Cerdeña contra la dermatitis nodular bovina

Por FactBox Admin

Commissione UE aggiorna le zone restrittive sarde contro la dermatite nodulare bovina

La Comisión Europea ha reescrito los anexos de la decisión de ejecución (UE) 2025/1582 sobre las medidas de emergencia contra la infección por el virus de la dermatitis nodular contagiosa en Italia. La decisión de ejecución (UE) 2026/1949, adoptada en Bruselas el 13 de agosto de 2026 y notificada con el número C(2026) 5847, está publicada en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, 2ª Serie especial n. 83 del 22 de octubre de 2026, con el código 26CE2508. La destinataria es la República italiana y el texto en lengua italiana es el único auténtico.

El marco normativo

La decisión se fundamenta en el artículo 259, párrafo 1, del reglamento (UE) 2016/429 en materia de sanidad animal y se inserta en el sistema del reglamento delegado (UE) 2020/687, que impone zonas de protección y de vigilancia alrededor de los focos de enfermedades de categoría A. El artículo 1 de la 2025/1582 establece en Italia las zonas sujetas a restricciones y las zonas de vacunación; el artículo 2 prohíbe los movimientos de bovinos desde esas zonas hacia destinos externos al perímetro o fuera del territorio nacional hasta los plazos fijados en los anexos.

El artículo 1 de la nueva decisión sustituye íntegramente los anexos, mientras que el artículo 2 indica a la República italiana como única destinataria. La medida, firmada en nombre de la Comisión por el miembro Olivér Várhelyi, ha recibido el dictamen favorable del comité permanente de plantas, animales, alimentación y piensos.

Escalaplano y los retrasos en los controles

El considerando 5 contiene la motivación central: tras la última modificación, realizada mediante la decisión de ejecución (UE) 2026/1765 del 14 de julio de 2026, Italia ha notificado a la Comisión «retrasos persistentes» en la aplicación de las medidas de control de enfermedades en el foco confirmado en el municipio de Escalaplano, en Sardegna, respecto al artículo 12 del reglamento delegado (UE) 2020/687. De ahí la revisión de la duración de las medidas, motivada por el riesgo de circulación persistente y de difusión más allá de las zonas ya afectadas.

La secuencia de las actualizaciones anteriores es intensa:

  • decisión de ejecución (UE) 2026/1145 del 20 de mayo de 2026;
  • decisión de ejecución (UE) 2026/1355 del 12 de junio de 2026;
  • decisión de ejecución (UE) 2026/1765 del 14 de julio de 2026.

Las zonas, los focos y los plazos

El anexo I rediseña las áreas establecidas alrededor de los focos sardos, identificados con los códigos ADIS desde IT-LSD-2026-00001 hasta IT-LSD-2026-00011, diez focos enumerados en total:

  • zona de protección: partes de Sardegna comprendidas dentro de una circunferencia de radio 20 km centrada en once coordenadas UTM 30 ETRS89, con fecha límite de aplicación el 2 de octubre de 2026;
  • zona de vigilancia: radio de 50 km desde las mismas coordenadas, excluidas las áreas incluidas en la zona de protección, con fecha límite el 19 de octubre de 2026.

El anexo II confirma las zonas de vacunación: la zona II cubre todo el territorio de Sardegna hasta el último día del periodo de recuperación previsto en el anexo IX, parte 4, del reglamento delegado (UE) 2023/361; la zona I cubre todo el territorio del Valle d’Aosta. La vacunación continúa según el plan oficial presentado por Italia el 1 de julio de 2025.

Explotaciones, movimientos y exportaciones

La medida mantiene el bloqueo de los movimientos de bovinos desde las zonas de protección y de vigilancia hacia destinos externos al perímetro o hacia otros Estados miembros y países terceros, hasta las fechas indicadas en el anexo. La decisión declara explícitamente el objetivo de prevenir la mayor propagación de la enfermedad en Italia, en los demás Estados miembros y en países terceros, evitando al mismo tiempo «perturbaciones innecesarias de los intercambios» internos de la Unión y obstáculos injustificados al comercio con países terceros.

Para los ganaderos de Sardegna, la medida significa el mantenimiento de las restricciones sobre desplazamientos y comercialización, siendo la vacunación la herramienta para salir de la emergencia. La publicación en la Gazzetta Ufficiale hace operativo el actualización también a nivel interno, siendo la República italiana la única destinataria formal del acto.

Fuente: Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, 2ª Serie especial n. 83 del 22 de octubre de 2026 — Decisión de ejecución (UE) 2026/1949 de la Comisión, del 13 de agosto de 2026, por la que se modifican los anexos de la decisión de ejecución (UE) 2025/1582 (26CE2508).