Federal Register · 22 Oct 2026 · 2 vistas
Comercio mantiene los aranceles a las tuberías de acero de cinco países tras la revisión de caducidad
Por FactBox Admin

El Departamento de Comercio de los EE. UU. mantendrá vigentes sus órdenes de derechos antidumping y compensatorios sobre ciertos productos tubulares para la industria petrolera procedentes de la India, la República de Corea, la República de Türkiye, la República Socialista de Vietnam y Ucrania, según un aviso de continuación publicado en el Federal Register el jueves 22 de octubre de 2026 (Vol. 91, No. 203, p. 66681). La decisión se basa en determinaciones del Departamento de Comercio y de la Comisión de Comercio Internacional de los EE. UU. de que la revocación de las órdenes probablemente conduciría a la continuación o recurrencia del dumping, los subsidios compensables y el daño material a una industria estadounidense. La continuación entra en vigor el 29 de septiembre de 2026.
Base legal y ciclo de cinco años
El aviso se emite en virtud de las secciones 751(c) y 751(d)(2) de la Ley Arancelaria de 1930 (Tariff Act of 1930), según enmendada, y 19 CFR 351.218(f)(4), tras las segundas revisiones quinquenales (sunset reviews) de las órdenes. El Departamento de Comercio inició dichas revisiones el 1 de julio de 2025 (90 FR 28722) y la Comisión las instituyó el mismo día (90 FR 28768); posteriormente, la Comisión determinó realizar revisiones completas (91 FR 5110, 4 de febrero de 2026) y celebró una audiencia pública el 23 de julio de 2026.
Las medidas subyacentes datan de hace más de una década. El Departamento de Comercio publicó las órdenes antidumping el 10 de septiembre de 2014 (79 FR 53691) y las órdenes de derechos compensatorios sobre la India y Türkiye el mismo día (79 FR 53688). La orden sobre Ucrania siguió el 16 de julio de 2019 (84 FR 33918), tras la terminación del acuerdo que había suspendido la investigación antidumping. Los resultados finales de las segundas revisiones expeditas de caducidad se publicaron en enero de 2026 (91 FR 967 y 91 FR 697).
Qué cubren las órdenes
Los productos cubiertos son productos de acero huecos de sección transversal circular, incluyendo revestimientos y tuberías para pozos petroleros, de hierro (distinto del hierro fundido) o acero, ya sean sin costura o soldados, e independientemente del acabado final —extremo liso, roscado, o roscado y con acoplamiento— y ya sea que se ajusten o no a las especificaciones del American Petroleum Institute. El alcance también cubre el material de acoplamiento OCTG.
- Excluidos del alcance: revestimientos o tuberías que contengan un 10,5 por ciento o más en peso de cromo.
- Excluidos: tuberías de perforación.
- Excluidos: acoplamientos no fijados y protectores de rosca no fijados.
- Mercancías clasificadas actualmente bajo las partidas HTSUS 7304.29, 7305.20, 7306.29 y subpartidas relacionadas, enumeradas en el aviso únicamente para conveniencia.
Números de caso y el voto disidente
La continuación abarca siete procedimientos, identificados en el aviso como A–489–816, A–533–857, A–552–817, A–580–870, A–823–815, C–489–817 y C–533–858. La determinación de la Comisión fue publicada el 29 de septiembre de 2026 (91 FR 61439) y se basa en la Publicación 5790 de la USITC, que cubre las investigaciones Nos. 701–TA–499–500 y 731–TA–1215–1216 y 1221–1223 (Segunda Revisión).
El resultado de la Comisión no fue unánime: el Comisionado Jason E. Kearns votó en contra de la orden de derechos antidumping sobre productos tubulares para la industria petrolera procedentes de Ucrania, mientras que el Comisionado Samuel T. Negatu no participó. La notificación fue firmada el 16 de octubre de 2026 por Scot Fullerton, Subsecretario Adjunto Interino de Operaciones de Derechos Antidumping y Compensatorios, con Yang Jin Chun de Operaciones AD/CVD, Oficina I, como contacto.
Efecto sobre los importadores
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. continuará recaudando depósitos en efectivo antidumping y compensatorios a las tasas vigentes al momento de la entrada para todas las importaciones de mercancías sujetas. El Departamento de Comercio también declaró que, en virtud de la sección 751(c)(2) de la Ley y 19 CFR 351.218(c)(2), tiene la intención de iniciar las próximas revisiones quinquenales a más tardar 30 días antes del quinto aniversario de la fecha de la última determinación de la Comisión. La notificación sirve además como recordatorio final para las partes sujetas a una orden de protección administrativa sobre sus obligaciones relativas a la devolución o destrucción de información confidencial.
La continuación mantiene los derechos sobre una categoría de tubería de acero que la industria del petróleo y el gas utiliza para el revestimiento y la tubería de pozos, por lo que los importadores y operadores de perforación no enfrentan cambios en las tasas de depósito por ahora. También fija el calendario: la próxima oportunidad para revisar las medidas llegará con las terceras revisiones de caducidad (sunset reviews), programadas para el aniversario de la determinación de la Comisión de septiembre de 2026.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 203, 22 de octubre de 2026, Avisos, p. 66681 (referencia oficial: 2026–21530).