Federal Register · 01 Oct 2026 · 25 vistas
El Departamento de Comercio encuentra circunstancias críticas en los electrodos de grafito procedentes de la India
Por FactBox Admin

El Departamento de Comercio de los EE. UU. determinó preliminarmente que existen circunstancias críticas con respecto a las importaciones de electrodos de grafito de gran diámetro procedentes de la India, un hallazgo que abre la vía para la suspensión retroactiva de la liquidación y los depósitos en efectivo sobre la mercancía. La determinación, emitida bajo el número de caso C–533–949, fue publicada en el Registro Federal del 1 de octubre de 2026 (Vol. 91, No. 189, p. 62498) y es aplicable a partir de esa misma fecha.
La decisión se basa en la sección 703(e)(1) de la Ley Arancelaria de 1930, según enmendada, y en 19 CFR 351.206, que exigen que el Departamento de Comercio determine tanto que existe una base razonable para creer o sospechar que el presunto subsidio compensable es incompatible con el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la Organización Mundial del Comercio, como que las importaciones aumentaron masivamente durante un período relativamente corto. El Departamento de Comercio inició la investigación de derechos compensatorios el 20 de marzo de 2026 (91 FR 13577) y publicó su determinación preliminar el 30 de julio de 2026 (91 FR 48081). El período de investigación abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Subsidios supeditados a la exportación
El Departamento de Comercio encontró una base razonable para creer o sospechar que Graphite India Limited (GIL), HEG Limited (HEG) y todos los demás productores y exportadores recibieron subsidios compensables supeditados al desempeño de las exportaciones. Los programas citados en el registro son:
- Programa de Autorización Anticipada (Advance Authorization Program)
- Programa de Devolución de Derechos (Duty Drawback Program)
- Esquema de Promoción de Exportaciones de Bienes de Capital (Export Promotion of Capital Goods Scheme)
- Remisión de Derechos e Impuestos sobre Productos de Exportación (Remission of Duties and Taxes on Export Products)
Debido a que esos programas están supeditados al desempeño de las exportaciones, el Departamento de Comercio determinó preliminarmente que se había cumplido el criterio establecido en la sección 703(e)(1)(A) de la Ley.
Un aumento superior al quince por ciento
La alegación fue presentada el 1 de septiembre de 2026 por Resonac Graphite America Inc. y Tokai Carbon GE LLC, más de 30 días antes de la determinación final programada, lo que obligó al Departamento de Comercio a emitir sus conclusiones preliminares en un plazo de 30 días. Los peticionarios compararon los volúmenes totales de importación de un período base de octubre de 2025 a febrero de 2026 con un período de comparación de marzo de 2026 a julio de 2026 e informaron un aumento de más del 15 por ciento, el umbral en el cual las importaciones se consideran normalmente masivas según 19 CFR 351.206(h)(2).
El Departamento de Comercio comparó los envíos reportados de GIL y HEG durante los cinco meses anteriores y posteriores a la presentación de la petición, con fecha del 24 de febrero de 2026, y determinó preliminarmente que las importaciones de ambas empresas aumentaron más del 15 por ciento. Para todos los demás exportadores y productores, los datos de importación de terceros resultaron poco fiables porque los envíos reportados superaron las cifras de terceros en varios meses, por lo que el Departamento de Comercio se basó en un promedio de los envíos de GIL y HEG y aun así encontró un aumento superior al 15 por ciento.
Recaudación retroactiva y próximos pasos
Bajo la sección 703(e)(2)(A) de la Ley, el Departamento de Comercio tiene la intención de instruir a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP) a suspender la liquidación de cualquier entrada no liquidada de la mercancía en cuestión que haya ingresado, o haya sido retirada de almacén para consumo, a partir del 1 de mayo de 2026 — 90 días antes de la fecha de publicación de la determinación preliminar. La CBP requerirá un depósito en efectivo equivalente a las tasas de subsidio preliminares estimadas establecidas en dicha determinación, y la suspensión permanecerá en vigor hasta nuevo aviso.
El Departamento de Comercio emitirá su determinación final relativa a las circunstancias críticas en la determinación final de la investigación, programada actualmente para el 7 de diciembre de 2026, y notificará a la Comisión de Comercio Internacional (ITC). Los escritos del caso y los comentarios por escrito pueden presentarse al Subsecretario de Cumplimiento y Ejecución, con los escritos de réplica venciendo a más tardar cinco días después de la fecha límite de los escritos del caso y los resúmenes ejecutivos limitados a 450 palabras. El aviso está firmado por Scot Fullerton, Subsecretario Adjunto Interino de Operaciones de Derechos Antidumping y Compensatorios, con fecha del 28 de septiembre de 2026, siendo Robert Galantucci de Operaciones AD/CVD, Oficina V, el contacto.
El hallazgo es relevante para los productores de acero y aluminio de EE. UU. que dependen de electrodos de grafito grandes para operaciones de fundición y hornos de arco eléctrico: los depósitos retroactivos en efectivo aumentan el costo puesto en destino de los electrodos indios para las entradas que datan del 1 de mayo de 2026, y pueden restringir el suministro o desplazar el abastecimiento mientras el caso avanza hacia su determinación final del 7 de diciembre.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 189, 1 de octubre de 2026, Avisos, p. 62498 (referencia oficial: C–533–949; FR Doc. 2026–20162).