Diario Oficial de la República de Chile · 26 Sep 2026 · 7 vistas
Comisión Clasificadora de Riesgo ajusta fondos y desaprueba cuotas de inversión
Por FactBox Admin

La Comisión Clasificadora de Riesgo desaprobó las cuotas de un fondo de inversión nacional y de varios fondos mutuos extranjeros, y aprobó otros instrumentos financieros, en el acuerdo adoptado en su 530ª reunión ordinaria. El texto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.559, del sábado 26 de septiembre de 2026, Sección I, Normas Generales, páginas 1 a 3, con la referencia oficial CVE 2878840. El acuerdo fue firmado en Santiago el 24 de septiembre de 2026 por Alejandro Muñoz Valdés, secretario de la Comisión.
El pronunciamiento se dicta al amparo del Título XI del decreto ley N° 3.500, de 1980, y de dos procedimientos aprobados por el propio organismo: el Acuerdo N° 31, sobre Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y el Acuerdo N° 32, sobre Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado el 8 de enero de 2009. El documento precisa que el acuerdo debe ser considerado para determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el DL N° 3.500.
Emisores nacionales: nuevas clasificaciones y una desaprobación
En el apartado de emisores nacionales, la Comisión acordó solicitar dos terceras clasificaciones de riesgo:
- A Volcom Securitizadora S.A., para la Serie B1 Subordinada de su 5º Patrimonio Separado, emitida al amparo de la línea de bonos securitizados inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N° 1.258, con fecha 30 de abril de 2026.
- A Securitizadora Security S.A., para la Serie B2 Subordinada de su 16º Patrimonio Separado, inscrito en el Registro de Valores de la CMF bajo el N° 1.160, de fecha 1° de diciembre de 2023.
Ambas solicitudes se fundan en el artículo 105 del DL N° 3.500, de 1980. En el mismo bloque, el organismo desaprobó las cuotas de BTG Pactual Deuda Corporativa Chile Fondo de Inversión, por no cumplir el requisito de contar con al menos una clasificación de riesgo, conforme al artículo 2º del Acuerdo N° 31. Además, informó que el Fondo Mutuo ETF IT Now Acciones Chile cambiará su nombre por Fondo Mutuo ETF IT NOW MSCI IPSA.
Emisores extranjeros: aprobaciones, desaprobaciones y coinversiones
Respecto de emisores extranjeros, el acuerdo contiene seis resoluciones diferenciadas. La Comisión aprobó las cuotas de fondos mutuos y aprobó títulos representativos de índices financieros. En sentido contrario, desaprobó:
- Las cuotas de un fondo mutuo cuya propiedad se encuentra concentrada.
- Las cuotas de fondos mutuos y el título representativo de índice financiero que no cuentan con activos por un monto igual o superior a los US$ 100 millones.
- Las cuotas de fondos mutuos que fueron absorbidos.
Asimismo, aprobó los vehículos de inversión y las operaciones de coinversión en el activo alternativo específico indicado, administrados por los gestores correspondientes. La Comisión también tomó nota de los cambios de nombre de distintos instrumentos y entidades extranjeras, individualizados en el sitio web www.ccr.cl.
Vigencia del acuerdo anterior y efecto en los fondos de pensiones
En lo no modificado por los apartados anteriores, la Comisión mantuvo vigente el acuerdo relativo a instrumentos financieros de oferta pública y privada adoptado en su 529ª reunión ordinaria, celebrada el 27 de agosto de 2026 y publicada en el Diario Oficial el 29 de agosto de 2026. La publicación del acuerdo completo está disponible en el sitio web de la Comisión Clasificadora de Riesgo, www.ccr.cl.
El pronunciamiento importa porque fija qué instrumentos pueden ser adquiridos con recursos previsionales: las desaprobaciones retiran alternativas del universo elegible para las administradoras, mientras que las aprobaciones y las nuevas clasificaciones exigidas amplían o condicionan las opciones disponibles. Al tratarse de un acuerdo expresamente referido a la diversificación de los Fondos de Pensiones, sus efectos alcanzan directamente la composición de las carteras administradas bajo el DL N° 3.500.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.559, 26 de septiembre de 2026, Sección I (Normas Generales), págs. 1-3 (referencia oficial: CVE 2878840).