FactBox.

Diario Oficial (Colombia) · 07 Sep 2026 · 1 vistas

Colombia adopta plan de salud para migrantes y crea mesa técnica

Por FactBox Admin

Colombia adopta plan de salud para migrantes y crea mesa técnica

El Ministerio de Salud y Protección Social adoptó mediante la Resolución Número 00001758 de 2026 el Plan de Atención del Sector Salud para la Población Migrante, Refugiada, Retornada y Comunidades de Acogida, y creó la Mesa Técnica de Migración y Salud del Ministerio. La norma, firmada el 5 de agosto de 2026 por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, fue publicada en el Diario Oficial número 53.618 del lunes 7 de septiembre de 2026.

La resolución responde a la evolución del fenómeno migratorio mixto y busca organizar la respuesta institucional del sector salud frente a los flujos de población, con especial atención a los migrantes venezolanos. Se apoya en los lineamientos del CONPES 3950 de 2018 y del CONPES 4100 de 2022, así como en la Política Integral Migratoria (PIM) de la Ley 2136 de 2021, y recoge las exhortaciones de las sentencias T-178 de 2019 y T-336 de 2022 de la Corte Constitucional.

Un plan con cuatro documentos técnicos

El plan se materializa en cuatro documentos técnicos que se adoptan como parte integral de la resolución:

  • Documento Técnico 1: Plan de Atención del sector salud para la población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida.
  • Documento Técnico 2: Lineamientos para la implementación del plan.
  • Documento Técnico 3: Guía de orientaciones para la adopción y armonización territorial.
  • Documento Técnico 4: Lineamientos para la conformación e institucionalización de la mesa técnica nacional y las mesas territoriales.

Las entidades departamentales y distritales deberán armonizar e incorporar el plan en sus Planes Territoriales de Salud (PTS) y en los correspondientes Planes de Acción en Salud, siguiendo la guía metodológica del Documento Técnico 3.

La Mesa Técnica de Migración y Salud

La Mesa Técnica de Migración y Salud del Ministerio quedará integrada de forma permanente por trece directores y jefes de oficina de la cartera, entre ellos los de Ciudadanías, Equidad y Salud; Determinantes Sociales; Salud Mental; Epidemiología y Demografía; y Atención Primaria en Salud. La ADRES participará como invitado permanente en los asuntos de financiamiento y seguimiento del aseguramiento.

La mesa sesionará de forma ordinaria cuatro veces al año (una por trimestre) y de forma extraordinaria ante coyunturas que involucren flujos migratorios mixtos. Su secretaría técnica estará a cargo de la Dirección de Ciudadanías, Equidad y Salud.

Obligaciones territoriales y plazos

Las entidades territoriales del orden departamental y distrital deberán crear sus Mesas Técnicas Territoriales de Migración y Salud o fortalecer las existentes, y designar un referente territorial de migración y salud que actuará como punto focal y ejercerá la secretaría técnica. Los plazos clave son:

  • Designación del referente territorial: dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la expedición de la resolución.
  • Conformación de las mesas territoriales: en un plazo máximo de seis (6) meses desde la publicación.
  • Los municipios de frontera con dinámica migratoria deberán crear su mesa y designar referente, en articulación con la entidad departamental o distrital competente.

La resolución rige a partir de su expedición, el 5 de agosto de 2026, y su implementación se enmarca en la meta estratégica del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 de que las entidades territoriales implementen el plan de atención para población migrante antes de 2031.


Fuente: Diario Oficial de la República de Colombia, edición 53.618, lunes 7 de septiembre de 2026, sección Ministerio de Salud y Protección Social, págs. 36-39 (referencia oficial: Resolución Número 00001758 de 2026).