BOE · 19 Oct 2026 · 2 vistas
CNMV sanciona a Sapiens Markets con 600.000 euros por infracciones muy graves
Por FactBox Admin

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha hecho públicas las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Sapiens Markets EU, S.V., SA y a los tres miembros de su consejo de administración, que suman un total de 1.048.000 euros. Las multas fueron acordadas por el Consejo de la CNMV el 25 de junio de 2026 y han devenido firmes en vía administrativa después de que los interesados renunciaran a interponer recursos. El Boletín Oficial del Estado núm. 259, de 19 de octubre de 2026, publica la resolución de 2 de octubre de 2026 por la que se da cuenta de las sanciones (referencia oficial BOE-A-2026-21776).
La publicación se ampara en el artículo 335 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y en la delegación de competencias aprobada por el Acuerdo del Consejo de la CNMV de 25 de junio de 2026 (publicado en el BOE de 7 de julio de 2026). El texto detalla que se trata de tres infracciones muy graves tipificadas en los artículos 290.1.l), 290.1.i) y 293.1.a) de esa misma ley, relativas respectivamente a los requisitos organizativos, la gobernanza de productos y las obligaciones de información y evaluación de la clientela.
Tres infracciones muy graves y su importe
- Artículo 290.1.l), en relación con el 290.2.e): incumplimiento de los requisitos organizativos del artículo 176 en materia de salvaguarda y protección de los fondos en efectivo de los clientes, llevanza de registros, funciones de control interno y externalización de actividades esenciales.
- Artículo 290.1.i), en relación con el 290.2.e): incumplimiento del artículo 199 y su normativa de desarrollo en lo relativo a la gobernanza de productos.
- Artículo 293.1.a), en relación con el 293.2.a): incumplimiento de las obligaciones de información a la clientela y de los requisitos de adecuada evaluación de la misma, recogidos en los artículos 197 y 200 a 205 de la Ley 6/2023.
La primera de las infracciones es la más castigada: 300.000 euros para la sociedad, 80.000 euros para Juan Colón Bolea y otros 80.000 euros para Javier Colón Bolea, y 64.000 euros para Ignacio Sánchez-Asiaín Sanz. La segunda se salda con 100.000 euros para la entidad y 30.000, 30.000 y 24.000 euros para los tres consejeros, en el mismo orden. La tercera implica 200.000 euros para la sociedad y 50.000, 50.000 y 40.000 euros para los administradores.
Reparto final por sancionado
- Sapiens Markets EU, S.V., SA: 600.000 euros (300.000 + 100.000 + 200.000).
- Juan Colón Bolea: 160.000 euros (80.000 + 30.000 + 50.000).
- Javier Colón Bolea: 160.000 euros (80.000 + 30.000 + 50.000).
- Ignacio Sánchez-Asiaín Sanz: 128.000 euros (64.000 + 24.000 + 40.000).
El importe máximo individual por cada una de las infracciones imputadas a un consejero se sitúa en 80.000 euros, mientras que la suma acumulada por los tres expedientes eleva el castigo a 160.000 euros en el caso de los hermanos Colón Bolea.
Firmeza administrativa y revisión judicial
La resolución subraya que, al haber renunciado los interesados a la vía administrativa, las sanciones solo han devenido firmes en ese ámbito y siguen siendo susceptibles de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. El documento aparece firmado en Madrid, a 2 de octubre de 2026, por el presidente de la CNMV, Carlos San Basilio Pardo.
La difusión de este tipo de acuerdos en el BOE es el mecanismo ordinario de publicidad de las sanciones firmes del supervisor bursátil, que de este modo deja constancia nominal de las entidades y de las personas físicas responsables de las conductas sancionadas.
Impacto para el sector y los inversores
El caso afecta a una sociedad de servicios de inversión y a su cúpula directiva, y toca tres áreas sensibles para el inversor minorista: la custodia del efectivo depositado por los clientes, el diseño y la distribución de productos y la información previa que se les traslada. La acumulación de tres infracciones muy graves en un mismo expediente y la extensión de la responsabilidad a todos los miembros del consejo de administración refuerzan el criterio del supervisor de exigir deberes de diligencia personal a los administradores, no solo a la entidad. Para el sector, la resolución recuerda que los fallos en los controles internos y en la externalización de actividades esenciales se califican como muy graves y se traducen en multas de seis cifras.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 259, de 19 de octubre de 2026, Sec. III. Otras disposiciones, pág. 139751 (referencia oficial: BOE-A-2026-21776).