BOP de Ciudad Real · 29 Oct 2026 · 4 vistas
Ciudad Real convoca ayudas de hasta 500 euros por persona celíaca
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ciudad Real ha convocado ayudas de hasta 500 euros por persona beneficiaria y año para sufragar el sobrecoste de los productos sin gluten, con un presupuesto total de 20.000 euros. El extracto de la convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 209, de 29 de octubre de 2026 (anuncio número 3488, páginas 10181 y 10182), con la referencia BDNS (Identif.) 938282 y el código seguro de verificación MzW1+Te+LyGoGLkWBcso.
Una ayuda directa frente al sobrecoste de la dieta sin gluten
La convocatoria se ampara en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El texto firmado por el Alcalde-Presidente, Francisco Cañizares Jiménez, justifica la medida en el compromiso municipal con la protección de la salud, la igualdad de oportunidades y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad social.
El objeto es compensar mediante ayuda económica directa la carga que para las personas diagnosticadas de enfermedad celíaca o intolerancia al gluten supone la compra de productos específicos. La convocatoria corresponde al ejercicio 2026 y se imputa a la aplicación presupuestaria 6231148001-Subvención concurrencia competitiva para personas celíacas, del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real para ese año.
El marco normativo lo completan las bases para la ejecución del presupuesto general municipal de 2026 y la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Ciudad Real y sus Organismos Autónomos, aprobada en sesión plenaria de 29 de julio de 2026 y publicada en el BOP número 184, de 24 de septiembre de 2026.
Requisitos que deben cumplir las familias solicitantes
Además de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, podrán solicitar la ayuda las familias que acrediten:
- Ser español o extranjero con residencia legal en España.
- Estar empadronado y residir efectivamente en el municipio de Ciudad Real, con una antigüedad mínima e ininterrumpida de un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, requisito aplicable a todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Acreditar diagnóstico médico de enfermedad celíaca o intolerancia al gluten mediante informe o certificado expedido por facultativo del sistema público de salud o por especialista debidamente acreditado.
- No gozar de ayudas, subvenciones o prestaciones con finalidad similar de otras instituciones u organismos públicos, salvo que la suma de todas ellas no supere el coste total del gasto subvencionable.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, la TGSS y el Ayuntamiento de Ciudad Real.
Quince días naturales y dos vías de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme al artículo 20 de la Ley 38/2003. Las solicitudes y la documentación se presentarán:
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real (https://www.ciudadreal.es/subvenciones.html), con certificado digital o DNI electrónico.
- En el registro presencial de la Concejalía de Servicios Sociales, Mayores y Familia, calle Pozo Concejo, 6, sin perjuicio de las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica a través de la carpeta ciudadana. El texto íntegro de la convocatoria y sus anexos pueden consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, conforme a la Resolución de 10/12/2015 de la Intervención General del Estado (BOE número 299, de 15/12/2015), a través del enlace a la convocatoria 938282 de la BDNS.
Impacto para las familias empadronadas en la capital
La convocatoria traslada a las familias con diagnóstico de celiaquía empadronadas en Ciudad Real una compensación anual de hasta 500 euros por persona beneficiaria, con un techo global de 20.000 euros que limita el número de ayudas concedidas en régimen de concurrencia competitiva. El margen es de apenas dos semanas desde la publicación del extracto, por lo que la acreditación del diagnóstico y del año de empadronamiento se convierte en la clave para no perder el plazo.
Fuente: BOP de Ciudad Real, número 209, 29 de octubre de 2026, sección I (Ayuntamientos), págs. 10181-10182 (referencia oficial: BDNS 938282, anuncio número 3488, CVE MzW1+Te+LyGoGLkWBcso).