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BOP de Ciudad Real · 06 Nov 2026 · 4 vistas

Ciudad Real amplía crédito con remanente y abre quince días de alegaciones

Por FactBox Admin

Ciudad Real amplía crédito con remanente y abre quince días de alegaciones

El Pleno del Ayuntamiento de Ciudad Real aprobó inicialmente, en sesión ordinaria del 3 de noviembre de 2026, el expediente de modificación de créditos 3/7-2026 del presupuesto municipal de 2026 en la modalidad de concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 215, de 6 de noviembre de 2026, bajo el Anuncio número 3586 y en la página 11 del ejemplar. La publicación abre un plazo de quince días de información pública para examinar el expediente y presentar alegaciones.

El anuncio se emite en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2 del mismo texto legal, preceptos que regulan las modificaciones de crédito financiadas con remanente líquido de tesorería y su sometimiento a exposición pública antes de la aprobación definitiva. El documento aparece en la sección de AYUNTAMIENTOS, dentro de la administración local, y está firmado en Ciudad Real, a 5 de noviembre de 2026, por el Concejal de Hacienda y Personal, Guillermo Arroyo Buitrago, con firma electrónica y Código Seguro de Verificación zQ3+6L/M9Lwe4X0704/t.

Qué se somete a exposición pública

El expediente aprobado inicialmente consiste en una modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Ciudad Real de 2026 que combina dos instrumentos previstos en la normativa de haciendas locales: la concesión de un crédito extraordinario y el suplemento de crédito. La financiación se cubre con cargo al remanente líquido de tesorería, es decir, con el ahorro acumulado del consistorio y no con nuevos ingresos corrientes.

El texto publicado no detalla el importe global de la modificación ni el desglose por aplicaciones presupostarias; esos datos figuran en el expediente administrativo, que puede consultarse íntegramente durante el periodo de alegaciones.

Quince días para examinar y alegar

Los plazos y vías de participación que fija el anuncio son los siguientes:

  • Plazo: quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, es decir, desde el 7 de noviembre de 2026.
  • Examen presencial: dependencias municipales del Ayuntamiento de Ciudad Real, donde cualquier persona interesada puede consultar el expediente y formular las alegaciones que estime pertinentes.
  • Consulta electrónica: sede electrónica municipal, en la dirección ciudadreal.es/gobierno-abierto/expedientes-sometidos-a-informacion-publica.html.
  • Difusión adicional: publicación simultánea en el tablón de anuncios electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real.
  • Efecto del silencio: si transcurrido el plazo no se presentan alegaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente.

El precedente presupuestario del otoño

No es la primera modificación presupuestaria del trimestre en el consistorio. El Pleno aprobó inicialmente el 25 de septiembre de 2026 el expediente 3/6-2026 de modificación de la base 36 de ejecución del presupuesto municipal de 2026, tramitado con idéntico procedimiento de información pública y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 187, de 29 de septiembre de 2026, Anuncio número 3092, página 40, con la misma firma del Concejal de Hacienda y Personal.

La secuencia muestra una actividad normativa y presupuestaria sostenida en las cuentas de la capital provincial durante el último trimestre del ejercicio, en el que el equipo de gobierno recurre al remanente de tesorería como fuente de financiación de nuevas actuaciones.

El expediente 3/7-2026 concierne a las cuentas del principal ayuntamiento de la provincia y moviliza ahorro municipal acumulado, por lo que el periodo de información pública es la única ventana formal para que la oposición municipal, los colectivos vecinales y cualquier interesado revise el destino de los fondos antes de que la modificación quede cerrada. Vencido el plazo sin alegaciones, el acuerdo quedará aprobado definitivamente sin necesidad de un nuevo pronunciamiento plenario.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 215, de 6 de noviembre de 2026, sección I (Ayuntamientos), pág. 11 (referencia oficial: Anuncio número 3586).