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BOP de Badajoz · 21 Oct 2026 · 1 vistas

Citación para expropiar fincas de las líneas eléctricas de la STR Guareña

Por FactBox Admin

Citación para expropiar fincas de las líneas eléctricas de la STR Guareña

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de la Junta de Extremadura ha convocado a los titulares de bienes y derechos afectados por el proyecto reformado de líneas aéreas y subterráneas de salida de la STR Guareña al levantamiento de actas previas a la ocupación. La comparecencia tendrá lugar el 26 de noviembre de 2026, a las 10:30 horas, en el Ayuntamiento de Guareña, según el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 202, de 21 de octubre de 2026 (Anuncio 4071/2026).

El origen del procedimiento es la resolución dictada el 18 de junio de 2026 por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, dependiente de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio. Ese mismo día se declaró en concreto la utilidad pública del proyecto, previa información pública, lo que conforme al artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

El expediente tramitado es el 06AT-01618/18499, con referencia BA-EXF:4/2026, y en él la sociedad Hijos de Jacinto Guillén Distribuidora Eléctrica, SLU, con domicilio en el polígono industrial La Alberca, nave 3, parcela 18-20-22, de Guareña, asume la condición de beneficiaria de la expropiación.

Una única finca afectada en el término municipal

El anexo I del anuncio recoge la relación individualizada de propietarios, bienes y derechos afectados, que en este caso se limita a una sola parcela del término municipal de Guareña:

  • Titular: José Luis Gutiérrez Durán.
  • Polígono y parcela: 511 y 70.
  • Referencia catastral: 06060A511000700000ZO.
  • Cultivo: olivos.
  • Vuelo de línea: 110 metros lineales.
  • Servidumbre de paso aéreo: 1.650 metros cuadrados.
  • Apoyos: 1, con 16 metros cuadrados de ocupación.
  • Ocupación temporal: 300 metros cuadrados.

Requisitos para comparecer y notificación

Los interesados, así como quienes sean titulares de cualquier derecho o interés sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada. Deberán aportar los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y podrán acompañarse, a su costa, de sus peritos y de un notario si lo estiman oportuno.

El orden del levantamiento de actas figura en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Guareña y se comunicará a cada interesado mediante notificación individual. La publicación en el boletín surte además efectos de notificación en los supuestos de titular desconocido o domicilio ignorado, conforme al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El anuncio aparece firmado por el jefe del servicio, Juan Francisco Lemus Prieto.

Antecedentes de la red de distribución en Guareña

La actuación se enmarca en el conjunto de trabajos que la misma distribuidora eléctrica desarrolla en torno a la subestación de Guareña. El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 153, de 12 de agosto de 2026, publicó el Anuncio 3089/2026, de información pública de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de utilidad pública de la línea aérea de alta tensión a 45 kV de cambio de punto de acometida a la subestación de Guareña desde la LAAT Guadiana II, expediente 06AT-01618-18600, cuya finalidad declarada era la mejora de la calidad del suministro.

La convocatoria afecta de lleno al patrimonio de los propietarios de suelo rústico del entorno de la subestación, que ven cómo la declaración de utilidad pública habilita la ocupación urgente de sus terrenos antes de que se cierre el acuerdo sobre el justiprecio. El calendario fijado abre ahora la vía para la formalización de las actas previas y, con ellas, para la posterior tasación de los bienes y derechos expropiados.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 202, 21 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 2 (referencia oficial: Anuncio 4071/2026).