BOP de Sevilla · 13 Aug 2026 · 11 vistas
Écija autoriza ampliar la almazara Molino del Genil en suelo rústico
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Écija aprobó definitivamente el 27 de julio de 2026 la autorización de actuación extraordinaria de interés público que permite ampliar la almazara de Molino del Genil S.L., situada junto a la carretera A-453, kilómetro 18,7. El acuerdo, firmado por el teniente de alcalde delegado del Área de Urbanismo, Obras Públicas y Movilidad, Ángel Peña Fernández, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 156, de 13 de agosto de 2026 (referencia BOP-SE-2026-156008), en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA).
La solicitud entró por registro electrónico el 23 de abril de 2025 (entrada 2025-E-RE-5335), presentada por Juan Manuel Martínez-Sagrera Martín en representación de Molino del Genil S.L. (CIF B14768824), y fue admitida a trámite mediante el Decreto 2025/1871, de 20 de mayo de 2025. El expediente (n.º 1522/2025; 2022/LIC15/000001) superó la información pública y audiencia sin alegaciones, y contó con informes sectoriales favorables condicionados de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y de Endesa Distribución Eléctrica SLU (Edistribución Redes Digitales SLU).
Un acuerdo unánime del Pleno
La propuesta, elevada como urgencia con base en la propuesta de resolución PR/2026/4368, de 24 de julio de 2026, fue aprobada sin debate por los 16 capitulares presentes. El reparto de los votos fue el siguiente:
- 11 votos del Grupo Político Municipal Popular
- 3 votos del Grupo Político Municipal Socialista
- 1 voto de Con Andalucía: Izquierda Unida-Podemos por Écija
- 1 voto de Vox
Qué comprende la ampliación
Según el Proyecto Refundido de Actuación Extraordinaria en Suelo Rústico, redactado por el ingeniero agrónomo José Ramón Segura Blanca (colegiado n.º 859), la ampliación de la almazara, dedicada a la obtención de aceite de oliva por medios exclusivamente mecánicos o físicos, incluye:
- Una losa de hormigón de 484,80 m² para los depósitos existentes de la bodega n.º 2.
- Una sala de tratamiento de aguas de 77,50 m², cuyo efluente se reutilizará como agua de aporte a la almazara.
- Un depósito de evaporación de 32.283 m³.
- La explanación y compactación de 8.370 m² para futuras ampliaciones.
- La legalización del suministro eléctrico: potencia instalada de 1.970,72 kW y acceso a red de hasta 2.097 kW tras una ampliación de 800 kW.
Condicionantes ambientales, patrimoniales y urbanísticos
La autorización queda sujeta a un amplio condicionado vinculante que deberá verificarse antes de otorgar las licencias municipales:
- Cautelas arqueológicas: la entidad inédita “Molino del Genil_La Suerte” se excluye del proyecto como reserva arqueológica, y cualquier movimiento de tierras exigirá control arqueológico previo conforme al artículo 3.c del Decreto 168/2003.
- Uso de efluentes: la industria ya dispone de autorización para aplicar 9.000 m³ de efluentes de almazara como fertilizantes en 238,93 hectáreas, según la resolución de 15 de septiembre de 2015 de la Delegación Territorial de Agricultura en Sevilla.
- Acceso viario: deberá incorporarse el proyecto de rehabilitación del firme en el P.K. 18+200 de la A-453, autorizado el 14 de marzo de 2025 por la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
- Prestación compensatoria: tipo del 10% del presupuesto de ejecución material, minorado al 3% por tratarse de actividad vinculada al medio rural (artículo 5 de la ordenanza municipal publicada en el BOP de Sevilla núm. 32, de 17 de febrero de 2026).
La autorización tiene duración ilimitada, si bien el cese de la actividad durante más de cinco años seguidos provocará su caducidad y la restitución de los terrenos a su estado rústico. El promotor deberá solicitar la licencia urbanística en el plazo máximo de un año, so pena de caducidad. Con este acuerdo, Écija consolida una infraestructura clave para el sector oleícola de la comarca del Genil, que combina la legalización de la planta existente, la ampliación productiva y un estricto control ambiental, patrimonial y de seguridad eléctrica.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, núm. 156, 13 de agosto de 2026, Administración Local, págs. 40-53 (referencia oficial: BOP-SE-2026-156008).