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BOP de Cádiz · 06 Nov 2026 · 7 vistas

Chiclana somete a información pública su ordenanza contra la contaminación lumínica

Por FactBox Admin

Chiclana somete a información pública su ordenanza contra la contaminación lumínica

El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera ha abierto el trámite de información pública de la Ordenanza Municipal de protección frente a la contaminación lumínica y medidas de eficiencia energética, cuyo proyecto fue aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria del 29 de septiembre de 2026. El acuerdo se publica ahora en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) núm. 214, de 6 de noviembre de 2026, con el número de referencia 374.283 y bajo el expediente OBR-35/25. La norma queda expuesta a reclamaciones y sugerencias durante un plazo de 30 días.

Aprobación inicial en el Pleno y salida al Boletín

El anuncio, rubricado en Chiclana de la Frontera el 16 de octubre de 2026, da cuenta del acuerdo plenario por el que se aprobó inicialmente el proyecto de ordenanza y se dispuso la apertura de un periodo de información pública y audiencia expresa a las personas interesadas. La tramitación se identifica oficialmente con el expediente OBR-35/25, referencia que deberá emplearse en cualquier escrito que se presente.

La publicación en el BOP se produce el 6 de noviembre de 2026, dentro del número 214 del boletín provincial, y es la que activa el cómputo del plazo legal para la participación ciudadana. El texto firma el anuncio con dos rúbricas:

  • M.ª Ángeles Martínez Rico, delegada de Mujer, Atención Vecinal, Mantenimiento Urbano y Energía.
  • Antonio Aragón Román, secretario general de la Corporación.

Treinta días para alegar y consultar el expediente

El periodo de información pública y audiencia expresa se extiende por 30 días contados a partir del día siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de modo que el plazo arranca el 7 de noviembre de 2026. Durante ese tiempo, cualquier persona física o jurídica puede formular las reclamaciones y sugerencias que estime pertinentes sobre el texto normativo.

El expediente completo puede examinarse a través del enlace habilitado por el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera en su apartado de ordenanzas y normativas: https://www.chiclana.es/el-ayuntamiento/plenos-y-normativas/ordenanzas-y-normativas. El Consistorio no ha fijado en el anuncio otras vías de consulta presencial, por lo que la sede electrónica y el enlace indicado son las referencias documentales del procedimiento.

Publicación en el Tablón y en el Portal de Transparencia

Junto al trámite de audiencia, el Pleno acordó publicar el correspondiente anuncio en el Tablón de Anuncios Municipal e insertar el proyecto de la ordenanza en el Portal de Transparencia, en el apartado de normativa local en trámite. Con ello se da cumplimiento al artículo 7.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y al artículo 13.1.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Esta doble publicación —boletín provincial y portal de transparencia— sitúa el texto en el circuito ordinario de exposición previa de las ordenanzas municipales, antes de su entrada en vigor definitiva.

Qué ocurre si no se presentan reclamaciones

El anuncio precisa que, en el caso de que no se presenten reclamaciones ni sugerencias, el acuerdo hasta entonces provisional se entenderá definitivamente adoptado. En ese escenario se procederá a la íntegra publicación del texto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. La entrada en vigor se ajustará al plazo establecido en el artículo 65.2 de esa misma norma.

El trámite afecta a la regulación municipal del alumbrado y del consumo energético en el término de Chiclana de la Frontera, un marco que incide en instalaciones y actividades del municipio y que hasta ahora carecía de una ordenanza específica dedicada a la contaminación lumínica.

Para los vecinos y para los titulares de instalaciones de iluminación, la relevancia práctica del anuncio es doble: fija el calendario de alegaciones —30 días desde el día siguiente a esta publicación en el BOP— y determina el momento en que la norma pasará a ser exigible. Quien quiera influir en el texto tiene hasta el cierre de ese plazo para presentar sugerencias por escrito.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP), núm. 214, de 6 de noviembre de 2026, sección I (Administración Local), pág. 7 (referencia oficial: Nº 374.283).