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Moniteur Belge · 02 Sep 2026 · 2 vistas

Cheques comida para los magistrados a partir del 1 de septiembre de 2026

Por FactBox Admin

El real decreto del 27 de agosto de 2026 relativo a la concesión de cheques comida a los magistrados profesionales, a los magistrados en formación y a los asesores de los tribunales de aplicación de penas ha sido publicado en el Moniteur belge n° 198 del 2 de septiembre de 2026, página 47977. Firmado por el Rey Felipe y dictado en Bruselas el 27 de agosto de 2026, este texto entra en vigor el 1 de septiembre de 2026. Se enmarca en el plan de impulso I destinado a reforzar el atractivo de las funciones dentro de la organización judicial.

El texto se adopta en ejecución del artículo 61, párrafo 2, de la ley del 15 de julio de 2026 relativa a la ejecución del plan de impulso I. Sigue los principios de concesión de cheques comida a los miembros de la función pública federal administrativa establecidos por el real decreto del 26 de octubre de 2023. El proyecto contó con el dictamen n° 79.896/1/V del Consejo de Estado del 13 de agosto de 2026.

Beneficiarios y condiciones de concesión

El capítulo I del decreto define con precisión el ámbito de los beneficiarios. Están incluidos:

  • los magistrados profesionales del orden judicial;
  • los magistrados en formación;
  • los asesores de los tribunales de aplicación de penas.

Los magistrados suplentes quedan excluidos del dispositivo, ya que no perciben un salario sino una indemnización fija por sus prestaciones. Cada magistrado tiene derecho a un solo cheque comida electrónico por día en que ejerza efectivamente su función, independientemente del número de horas prestadas ese día, de conformidad con la normativa aplicable a la función pública.

Valor nominal y financiación

El artículo 3 del decreto fija el valor nominal del cheque comida en 6 euros, importe no sujeto a indexación. Este importe se desglosa de la siguiente manera:

  • 1,09 euros de contribución personal del magistrado;
  • 4,91 euros a cargo del Servicio Público Federal de Justicia.

El texto precisa asimismo el momento de la concesión de los cheques comida nominativos. Los magistrados que desempeñen una misión al servicio del Rey, en órganos estratégicos o secretarías, o ante comisiones gubernamentales, no recibirán cheques comida, de conformidad con las normas aplicables a la función pública federal.

Supresión de la indemnización por gastos de estancia

La concesión de los cheques comida conlleva la supresión de la legislación relativa a la indemnización por gastos de estancia prevista en los artículos 259octies, § 6, 355ter y 363/1 del Código Judicial, que se asignaba para cubrir los gastos de comida. En consecuencia, el artículo 23, 2°, de la ley del 15 de julio de 2026, que deroga la indemnización por gastos de estancia asignada a los magistrados en formación, entra en vigor el 1 de septiembre de 2026, al igual que el artículo 40 relativo a los asesores.

La fecha de entrada en vigor del artículo 41 de la ley, que deroga el artículo 363/1 del Código Judicial que concede la indemnización por gastos de estancia a los magistrados, se fijará en un real decreto posterior relativo a la concesión de vales-comida a los asesores ante el Tribunal de Casación y al director no magistrado del servicio de apoyo común junto al Colegio de Cortes y Tribunales, que será sometido a los sindicatos en septiembre de 2026.

Alcance para los lectores

Esta medida constituye un avance concreto del plan de impulso I en favor del estatuto pecuniario del orden judicial. Al alinear a los magistrados con el régimen de vales-comida de la función pública federal, el gobierno pretende mejorar el atractivo de las funciones judiciales simplificando al mismo tiempo el sistema de indemnización de los gastos de comida. Los magistrados afectados se beneficiarán, a partir del 1 de septiembre de 2026, de una ventaja de 4,91 euros por día trabajado, financiada por el Servicio Público Federal de Justicia.

Fuente oficial: Moniteur belge n° 198 del 2 de septiembre de 2026, página 47977 — Real decreto del 27 de agosto de 2026 relativo a la concesión de vales-comida a los magistrados profesionales, a los magistrados en formación y a los asesores del tribunal de aplicación de penas.