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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 28 Aug 2026 · 5 vistas

Ceuta publica la lista definitiva de aprobados para Operario de Mercados

Por FactBox Admin

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) número 6.647, de 28 de agosto de 2026, la lista definitiva de los aprobados en la convocatoria para la provisión de cuatro plazas de Operario de Mercados. La relación se hace pública mediante un decreto del Consejero de Presidencia y Gobernación, D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, de fecha 18 de agosto de 2026, que aparece en la página 3274 del boletín.

Las plazas, de las cuales una está reservada al turno de discapacidad, se cubren mediante el sistema de oposición en turno libre y corresponden a las Ofertas de Empleo Público de los años 2024 y 2025, vacantes en la plantilla de personal laboral de la Ciudad. La relación definitiva fue elevada a la Dirección General de Recursos Humanos y de la Administración tras la celebración del proceso selectivo.

Los cuatro aprobados

La lista definitiva recoge a los cuatro aspirantes que han superado la oposición, con sus calificaciones finales:

  • Álvaro González Salvador, con una nota final de 8,593.
  • José Manuel Pozo Nieto, con una nota final de 7,842.
  • Francisco Fernández Wancenlen, con una nota final de 7,795.
  • Mario Vilchez Jiménez, con una nota final de 7,078.

Plazo y documentación requerida

De acuerdo con la Base 10 de la convocatoria, los aprobados disponen de un plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el boletín, para presentar o remitir la documentación a la Dirección General de Recursos Humanos (Palacio Autonómico, Plaza de África, s/n, 51001 Ceuta), por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos exigidos son:

  • Copia debidamente autenticada del DNI.
  • Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

Quienes tengan la condición de funcionarios de carrera quedan exentos de justificar documentalmente los requisitos ya probados para su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del Registro Central de Personal o del organismo del que dependan. Quienes no presenten la documentación en plazo, salvo casos de fuerza mayor, o de cuyo examen se deduzca que carecen de algún requisito de la Base 3, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones.

Recursos y vías de impugnación

El decreto, que agota la vía administrativa, puede recurrirse potestativamente en reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes desde su notificación o publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Alternativamente, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

La publicación de esta lista definitiva cierra la fase de oposición de un proceso que afecta directamente a los aspirantes y a la plantilla laboral municipal, y abre la cuenta atrás para la formalización de los nombramientos. Una vez presentada y verificada la documentación, los cuatro aprobados se incorporarán a la plantilla de personal laboral de la Ciudad, reforzando los servicios de los mercados municipales de Ceuta.


Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), núm. 6.647, 28 de agosto de 2026, sección Autoridades y Personal, pág. 3274 (referencia oficial: Decreto 606 del Consejero de Presidencia y Gobernación, de 18 de agosto de 2026).