FactBox.

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 29 Sep 2026 · 17 vistas

Ceuta mantiene como interina a Tamara Obispo en Servicios Tributarios

Por FactBox Admin

Ceuta mantiene como interina a Tamara Obispo en Servicios Tributarios

La Consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital y presidenta del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta (OASTCE), Kissy Chandiramani Ramesh, ha dispuesto que Tamara Obispo Vázquez continúe como funcionaria interina en la plaza de Auxiliar de Tributos. La decisión se formaliza mediante el Decreto 9.718, de 22/09/2026, y se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) nº 6.656, de 29/09/2026, dentro de la sección de Autoridades y Personal (disposición 666, pág. 3518). El decreto se firma electrónicamente el 23/09/2026.

El origen del expediente está en el nombramiento previo de la propia interesada. Tamara Obispo Vázquez fue nombrada funcionaria interina del OASTCE por el Decreto 8.426, de 10/08/2026, publicado en el BOCCE nº 6.643, de 14/08/2026, con la categoría de Auxiliar de Tributos y para sustituir a la titular del puesto de trabajo con Código RPT nº 60, incardinado en la Dirección de Tributos. Aquella resolución advertía, conforme al artículo 10.3.a del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que la Administración formalizaría de oficio la finalización de la relación de interinidad cuando desapareciera la causa que la motivó.

La incorporación de la titular y la causa de cese

El expediente acredita que el 22/09/2026 se produjo la incorporación a su puesto de trabajo de la funcionaria titular, lo que determinó la finalización de la causa que había justificado el nombramiento interino, supuesto previsto en el artículo 10.3.d del Real Decreto Legislativo 5/2015.

Pese a ello, el decreto constata que existe una plaza vacante en el organismo y que el puesto de trabajo con Código RPT nº 3, adscrito a la Dirección Técnica y con la categoría de Auxiliar de Tributos, permanece sin cubrir. El mismo artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015 habilita el nombramiento de funcionarios interinos por razones de necesidad y urgencia cuando existan plazas vacantes que no puedan cubrirse por funcionarios de carrera, con un máximo de tres años.

Del puesto RPT 60 al puesto RPT 3

Sobre esa base, el decreto resuelve en tres puntos:

  • Disponer que, pese a la concurrencia de la causa de finalización de la relación estatutaria, y a la vista de la existencia de plaza vacante, permanece vigente la relación funcional de Tamara Obispo Vázquez con el OASTCE.
  • Declarar que la interesada queda adscrita, desde el 22/09/2026, al puesto de trabajo del OASTCE con Código RPT nº 3, denominado Auxiliar de Tributos, incardinado en la Dirección Técnica de la entidad.
  • Ordenar la publicación del acto en el BOCCE.

El decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 23/06/2023 (BOCCE Extraordinario nº 42, de 23/06/2023), y por los Estatutos del OASTCE (BOCCE nº 4.599, de 12/01/2007).

Plazos y vías de recurso

La resolución agota la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse:

  • Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de la Sección de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOCCE, conforme a los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
  • Con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, en el plazo de un mes, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La continuidad de Tamara Obispo Vázquez evita que la plaza de Auxiliar de Tributos quede desatendida en la Dirección Técnica del OASTCE mientras no se resuelva su cobertura definitiva, y confirma que la interinidad puede prolongarse más allá del cese de su causa original cuando subsiste vacante. El precedente afecta a la organización interna del organismo recaudador de la Ciudad y a la carga de trabajo de sus servicios técnicos.


Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, nº 6.656, de 29/09/2026, Autoridades y Personal, pág. 3518 (referencia oficial: disposición 666, Decreto 9.718).