Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta · 06 Nov 2026 · 5 vistas
Ceuta convoca 500 euros por alumno contra la brecha digital
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta aprobó el 3 de noviembre de 2026 la convocatoria de ayudas destinadas a paliar la brecha digital entre los alumnos que cursan 1º de Educación Secundaria Obligatoria, con un límite máximo de 500 euros por beneficiario y un presupuesto de 168.300 euros. El extracto se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) número 6.667, de 6 de noviembre de 2026, con la referencia BDNS 939380. Las familias disponen de diez días naturales para solicitar la ayuda.
La convocatoria se tramita al amparo de los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El acuerdo está firmado por la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Nabila Benzina Pavón, y el órgano gestor de las ayudas es la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad.
Diez días naturales y rentas topadas al IPREM
El plazo de presentación arranca el día siguiente al de la publicación del extracto y se extiende durante diez días naturales, es decir, del 7 al 16 de noviembre de 2026. Las solicitudes se ajustan a los modelos de los Anexo I y Anexo II y se presentan en cualquiera de las oficinas de Registro de la Ciudad de Ceuta junto con la documentación exigida.
Los requisitos que deben cumplir los menores son:
- Estar empadronados en la Ciudad Autónoma de Ceuta el propio menor, los progenitores o tutores solicitantes y los hijos o tutelados menores de 18 años que se contabilicen.
- Estar escolarizados en colegios o institutos públicos o concertados de Ceuta.
- Cursar 1º de ESO durante el curso 2026-2027.
- Que ambos progenitores estén al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda, los Servicios Tributarios de la Ciudad y la Seguridad Social.
El acceso está además condicionado a la renta de la unidad familiar, con estos topes de ingresos líquidos computables:
- Un hijo cursando 1º de ESO: 2,5 veces el IPREM, 1.500 euros.
- Ese hijo más otro menor de 18 años: 1.650 euros.
- Tres hijos contabilizados: 1.800 euros.
- Cuatro o más hijos: 1.950 euros.
En caso de separación o divorcio se atiende a la sentencia: con custodia compartida puede solicitar cualquiera de los progenitores y computan los ingresos y deudas de ambos; con custodia exclusiva solicita el progenitor custodio, sumando la pensión de alimentos.
Tablets, portátiles y periféricos como gasto admitido
La ayuda debe destinarse a material informático y cubre únicamente:
- Tablets.
- Ordenadores de sobremesa o portátiles.
- Dispositivos periféricos: pantallas, teclados, ratones, impresoras, escáner y lápiz óptico.
- Software ofimático de escritorio, como LibreOffice o programas similares.
- Software ofimático en la nube, como Google Workspace o Microsoft 365 o programas similares.
Quedan expresamente excluidos los teléfonos móviles, las consolas de videojuegos y aparatos de naturaleza similar, los juegos electrónicos y de entretenimiento digital interactivo y los televisores.
El reparto es a prorrata: el importe de cada ayuda resulta de dividir el crédito consignado en la aplicación «Ayudas derechos básicos a la infancia» entre el número de menores que cumplan los requisitos, con el tope de 500 euros. De agotarse ese máximo, el presupuesto permitiría atender a unos 336 alumnos, de modo que la cuantía final por familia depende del número de solicitudes admitidas.
Ejecución del gasto hasta marzo y facturas hasta junio
El periodo de ejecución del gasto se abre el mismo día de publicación de la resolución definitiva en el BOCCE y se cierra el 15 de marzo de 2027. Los beneficiarios deberán después justificar la compra aportando las facturas ante la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales entre el 16 de marzo y el 15 de junio de 2027, mediante el formulario habilitado y a través del Registro de la Ciudad.
La documentación a presentar incluye el Anexo I con los datos personales, el DNI del solicitante, el certificado de escolaridad con el curso y el centro, el libro de familia y el Anexo II con los datos económicos de ambos progenitores: nómina de octubre para los trabajadores por cuenta ajena o declaración del tercer trimestre del IRPF para los autónomos, además de los certificados del IMERSO, la Seguridad Social, el SEPE, la AEAT y el OAST acreditando ingresos y ausencia de deudas.
La convocatoria llega al inicio del curso en que los adolescentes pasan a secundaria, un tramo en el que el ordenador o la tablet se vuelven material de trabajo cotidiano. Con rentas familiares topadas en el entorno del IPREM y diez días de plazo, el margen de las familias con menos recursos para reunir la documentación y equipar a sus hijos a tiempo queda muy ajustado.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), nº 6.667, de 6 de noviembre de 2026, sección I (Disposiciones Generales), pág. 3785 (referencia oficial: BDNS 939380).