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Federal Register · 13 Oct 2026 · 8 vistas

CBP propone datos obligatorios de pasajeros por adelantado para trenes transfronterizos

Por FactBox Admin

CBP Proposes Mandatory Advance Passenger Data for Cross-Border Trains

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP) propuso el 13 de octubre de 2026 exigir que los transportistas ferroviarios transmitan información electrónica anticipada sobre cada pasajero y miembro de la tripulación a bordo de los trenes que lleguen a o salgan de los Estados Unidos, incluidos los trenes que crucen la frontera en tránsito. El aviso de propuesta de reglamentación, publicado en el Federal Register (Vol. 91, No. 196, pp. 64840–64871), crearía una nueva subparte K en la sección 19 CFR parte 123 y cerraría lo que la agencia califica como una brecha en la seguridad nacional de los EE. UU. Los comentarios deben recibirse antes del 14 de diciembre de 2026.

La propuesta, registrada como USCBP–2026–0992 bajo el RIN 1651–AB60, extendería al sector ferroviario el régimen de información anticipada de pasajeros que ya está en vigor para los transportistas aéreos comerciales y los buques comerciales. La CBP ha operado un programa voluntario de informes ferroviarios desde 2005, pero actualmente solo un transportista ferroviario transmite datos, y la agencia afirma que la información recibida “no siempre es completa, válida, oportuna o está en formato electrónico”. La norma cubriría cualquier tren con un viajero a bordo —definido como cualquier individuo, incluidos pasajeros y tripulación— que llegue desde o parta hacia un lugar extranjero, incluidos los trenes que crucen la frontera de los EE. UU. mientras están en tránsito. El documento está firmado por Markwayne Mullin, Secretario del Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU., y archivado como FR Doc. 2026–20884.

Qué tendrían que informar los transportistas

  • Un aviso anticipado de llegada o salida del tren, con fecha límite no posterior a 24 horas antes de su llegada a un punto de cruce fronterizo de los EE. UU.
  • Información anticipada del viajero para cada persona a bordo, con fecha límite no posterior a 60 minutos antes de la salida.
  • Veinte elementos de datos por viajero, que incluyen nombre completo, fecha de nacimiento, sexo, país de ciudadanía y residencia, tipo de documento de viaje aprobado por el DHS, número, país emisor y fecha de vencimiento, estado a bordo (conductor, maquinista, pasajero o tripulación), itinerario completo, dirección en los EE. UU., número de registro de extranjero, localizador del registro de nombre del pasajero, número de viajero conocido, número de resarcimiento, información de la etiqueta del equipaje, ubicación del asiento, número de teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.
  • Datos actualizados cada vez que la información cambie antes de cruzar la frontera, y un mensaje dentro de los 30 minutos posteriores a la salida enumerando a los viajeros que embarcaron si se utiliza un método de transmisión interactivo.

Plazos, verificación y sanciones

La CBP validaría los datos y devolvería un mensaje de respuesta indicando que la transmisión fue aceptada o que el transportista debe contactar a la CBP antes de la partida. Un cambio de 30 minutos o más en la hora estimada de llegada al cruce fronterizo requeriría que el transportista actualice a la CBP y confirme que los recursos de inspección estén disponibles. Las violaciones podrían desencadenar sanciones civiles bajo la sección 436 de la Ley de Aranceles de 1930 (19 U.S.C. 1436), el embargo y decomiso del medio de transporte, y sanciones penales por fallos intencionados o en casos donde se encuentre mercancía prohibida a bordo. El personal militar de los EE. UU. en servicio activo que viaje bajo órdenes a bordo de un tren fletado por el Departamento de Guerra de los EE. UU. estaría exento según la propuesta § 123.105.

Costos, beneficios y alcance

La CBP estima que la norma generaría 141,381 respuestas adicionales y 6,512 horas de carga adicionales anualmente, incluyendo 10,491 envíos de ferrocarril de pasajeros comerciales y 140,430 nuevos envíos de ferrocarril de carga. Para el periodo 2026–2030, proyecta beneficios netos de $1,542,478 para los transportistas ferroviarios de pasajeros y $36,330,246 para los pasajeros ferroviarios a una tasa de descuento del 3 por ciento, frente a costos netos de $1,691,802 para los transportistas ferroviarios de carga. La CBP identificó siete pequeños transportistas ferroviarios de carga basados en los EE. UU. que se verían afectados, con ingresos anuales que oscilan entre $155,000 y una mediana de $2,576,000, y estima un costo de $5.42 por cruce de tren de carga. La agencia certifica que la norma no tendría un impacto económico significativo en un número sustancial de pequeñas entidades.

La propuesta pondría al ferrocarril en el mismo nivel que los viajes aéreos y marítimos, exigiendo a los transportistas recopilar y transmitir datos que, en su mayoría, ya poseen al momento de la reserva. Para los operadores transfronterizos, pasajeros y remitentes, esto significa nuevos sistemas de cumplimiento, plazos más estrictos y la posibilidad de sanciones —y, argumenta la CBP, un procesamiento más rápido una vez que la información llegue completa y por adelantado.


Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 196, 13 de octubre de 2026, Proposed Rules, p. 64840 (referencia oficial: FR Doc. 2026–20884; Docket No. USCBP–2026–0992).