BOP de Lugo · 22 Sep 2026 · 6 vistas
Castro de Rei modifica la tasa por expedición de documentos administrativos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Castro de Rei ha dado por definitiva la modificación de la ordenanza fiscal nº 2 reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos, después de que el plazo de alegaciones terminara sin que se presentara ninguna reclamación. El acuerdo, aprobado inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria del 17 de julio de 2026 (expediente núm. 670/2026), se publica ahora en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo núm. 217, del 22 de septiembre de 2026, con la referencia R. 2499, para su entrada en vigor.
Del acuerdo provisional a la aprobación definitiva
El Pleno del Ayuntamiento de Castro de Rei aprobó provisionalmente la modificación en la sesión ordinaria del 17 de julio de 2026. El anuncio de exposición al público se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 28 de julio de 2026, lo que abrió el plazo de alegaciones de 30 días previsto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Transcurrido ese plazo sin reclamaciones, el acuerdo provisional se eleva a definitivo y se hace pública la redacción íntegra del texto modificado, en aplicación del artículo 17.4 de la misma norma. El cambio afecta al artículo 7º de la ordenanza, dedicado a la tarifa.
Qué cambia en la tarifa
La modificación consiste en la supresión del Epígrafe segundo: Censos de población de habitantes. La tarifa queda estructurada en los epígrafes que se mantienen:
- Epígrafe primero: Personal al servicio del Ayuntamiento.
- Epígrafe tercero: Certificaciones y compulsas.
- Epígrafe cuarto: Documentos expedidos o extendidos por las Oficinas Municipales.
- Epígrafe quinto: Documentos relativos a servicios de urbanismo.
- Epígrafe sexto: Documentos de sanidad y consumo.
- Epígrafe séptimo: Contratación obras y servicios.
- Epígrafe octavo: Otros expedientes o documentos.
El texto publicado conserva la tabla de importes tal y como figura en la ordenanza, expresada en pesetas. Entre las cantidades recogidas figuran:
- Títulos, nombramientos y credenciales: 100.
- Licencias: 200.
- Permutas de funcionarios: 1.000.
- Reconocimiento de derechos pasivos en favor de funcionarios o de sus causahabientes: 100.
- Certificación de documentos o acuerdos municipales: 300.
- Las demás certificaciones: 200.
- Diligencia de cotejo de documentos: 200.
- Bastanteo de poderes: 800.
- Informaciones testificales: 300.
- Declaraciones de herederos para percibo de haberes: 100.
- Comparecencia ante la Alcaldía con constancia escrita: 300.
- Visado de documentos en general: 200.
- Documento en fotocopia, por folio: 10.
- Documento por xerocopia autorizado por certificación: 200.
- Contrato administrativo de obra, bienes o servicios: 300.
- Expediente de declaración de ruina de edificios: 3.000.
- Certificación de servicios urbanísticos a instancia de parte: 1.000.
- Informe sobre características del terreno o consulta a efecto de edificación: 1.500.
- Expediente de concesión de instalación de rótulos y muestras: 500.
- Obtención de cédula urbanística: 1.500.
- Altas, bajas y alteraciones en la Contribución T. Rústica: 50.
- Cualquier otro expediente o documento no expresamente tarifado: 100.
Plazos y vías de recurso
Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, conforme a los artículos 10.1.b y 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
El anuncio lleva la firma del alcalde-presidente, Francisco Javier Balado Teijeiro, y está datado en Castro de Rei el 16 de septiembre de 2026.
La modificación afecta directamente a cualquier vecino que solicite certificados, licencias, informes urbanísticos o cualquier otro documento administrativo en el Ayuntamiento de Castro de Rei, ya que fija los epígrafes y los importes vigentes de la tasa y elimina el relativo a los censos de población.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, núm. 217, 22 de septiembre de 2026, sección I (Ayuntamiento de Castro de Rei), págs. 4-6 (referencia oficial: R. 2499).