Boletín Oficial de Castilla y León · 14 Aug 2026 · 9 vistas
Castilla y León prolonga la alerta por incendios forestales este viernes
Por FactBox Admin

La Junta de Castilla y León ha prolongado para el viernes 14 de agosto la declaración de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales en toda la comunidad, con un índice de peligro de extremo a muy alto según AEMET. Así lo establece la Resolución de 12 de agosto de 2026 de la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León número 157 (referencia oficial BOCYL-D-14082026-157-2). Durante toda la jornada queda prohibido encender fuego y utilizar barbacoas en espacios abiertos, incluidos los habilitados para ello.
La nueva resolución, adoptada por la Consejería de Medio Ambiente y Energía, prorroga la alerta que la misma Dirección General declaró por Resolución de 7 de agosto de 2026 para los días 11, 12 y 13 de agosto. La medida se adopta en el marco de la emergencia de interés nacional declarada por la concurrencia de varios incendios en Castilla y León y en comunidades limítrofes, y se ampara en el capítulo III del Plan INFOCAL, aprobado por el Decreto 6/2025, de 27 de marzo, y en el artículo 10 de la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, en su redacción vigente dada por el Decreto-ley 2/2023, de 13 de abril.
Un viernes de riesgo extremo
Las predicciones más actualizadas para el 14 de agosto apuntan a temperaturas de 35 a 37 °C, humedades relativas mínimas del 5 al 15 % y rachas de viento de 35 a 40 km/h. La resolución subraya que la vegetación acumula un fuerte estrés hídrico tras las tres olas de calor registradas durante la campaña, por lo que el combustible vivo está en plena disponibilidad para arder y, con viento y condiciones convectivas, los incendios pueden presentar comportamientos extremos. La probabilidad de ignición y la capacidad de propagación se mantendrán en niveles altos durante todo el episodio.
Prohibiciones en vigor
La alerta activa las medidas preventivas extraordinarias previstas en el artículo 11 de la Orden FYM/510/2013, que se suman a la regulación general de la época de peligro alto:
- Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las habilitadas para ello.
- Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluidas las autorizadas.
- Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego ya otorgadas.
- Prohibición de introducir y usar material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
- Prohibición de maquinaria en el monte y en la franja de 400 metros que lo circunda cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, como sopletes, soldadores o radiales, con excepción de las actuaciones de emergencia e interés general (reparación urgente de infraestructuras públicas, energía eléctrica, gas natural o telecomunicaciones) comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente.
Vigencia y firma
La alerta produce efectos desde las 0.00 hasta las 23.59 horas del 14 de agosto y se publica en la página web de la Junta de Castilla y León y en el boletín oficial. La resolución, fechada en Valladolid el 12 de agosto de 2026, está firmada por el director general de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, Ángel Manuel Sánchez Martín, y se dicta conforme a las competencias derivadas del Decreto 63/1985, de 27 de julio, y del Decreto 14/2026, de 29 de junio, de estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Energía.
La jornada de riesgo extremo condiciona desde primera hora la actividad de agricultores, ganaderos y veraneantes, que deberán aplazar quemas, trabajos con maquinaria y reuniones al aire libre mientras dure la alerta. La Junta de Castilla y León recuerda que las medidas son de obligado cumplimiento y que su objetivo es minimizar el riesgo de ignición en un escenario meteorológico que, tras tres olas de calor, mantiene al monte en plena disponibilidad para arder.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 157, viernes 14 de agosto de 2026, I. Comunidad de Castilla y León, D. Otras Disposiciones, págs. 8-10 (referencia oficial: BOCYL-D-14082026-157-2).