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Boletín Oficial de Castilla y León · 26 Oct 2026 · 7 vistas

Castilla y León crea la Medalla al Mérito de la Protección Civil

Por FactBox Admin

Castilla y León crea la Medalla al Mérito de la Protección Civil

La Junta de Castilla y León ha creado la Medalla al Mérito de la Protección Civil de Castilla y León, una distinción honorífica de concesión anual con tres categorías —oro, plata y bronce— destinada a profesionales, voluntarios y entidades del sistema de emergencias. El Decreto 26/2026, de 22 de octubre, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León núm. 207, de 26 de octubre de 2026, dentro de la sección I.A de disposiciones generales (referencia oficial BOCYL-D-26102026-207-3). La nueva norma sustituye a la Medalla al Mérito de la Protección Ciudadana vigente desde 2010.

El texto fue aprobado por el Consejo de Gobierno en su reunión del 22 de octubre de 2026, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y con iniciativa material de la Vicepresidencia Segunda, tras el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León. La norma se ampara en la competencia autonómica de desarrollo y ejecución en materia de protección civil del artículo 71.1.16º del Estatuto de Autonomía y se coordina con la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del sistema nacional de protección civil.

El cambio de denominación busca un nombre “acorde con la competencia estatutaria, que no produce equívocos y que es reconocible por la ciudadanía”, según el propio decreto, que además concentra en un único instrumento jurídico todos los aspectos del otorgamiento para evitar la dispersión normativa. La disposición derogatoria elimina el Decreto 23/2010, de 3 de junio, y la Orden IYJ/1098/2010, de 27 de julio, que lo desarrollaba. La entrada en vigor se fija a los veinte días de la publicación, esto es, el 15 de noviembre de 2026.

Tres categorías según el riesgo asumido

La medalla es de naturaleza exclusivamente honorífica, sin contenido económico y de carácter personal, intransferible y permanente. El decreto distingue tres niveles:

  • Oro: para quienes hayan puesto en riesgo su propia vida para salvar la de otra persona.
  • Plata: para quienes hayan salvado una vida sin llegar a arriesgar la propia.
  • Bronce: para el resto de actuaciones relevantes merecedoras de reconocimiento.

Los fines abarcan a los profesionales de los servicios esenciales de asistencia ciudadana —incluidos los integrantes de las fuerzas armadas—, a las personas y organizaciones no profesionales que actúen con riesgo notable o solidaridad excepcional, y a las trayectorias profesionales o de voluntariado de carácter excepcional. La concesión puede ser individual o colectiva y debe referirse a actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de referencia, salvo en los reconocimientos de trayectoria.

Trayectorias: quince, veinticinco y treinta y cinco años

El decreto fija umbrales temporales objetivos para las candidaturas de agrupaciones y asociaciones de protección civil debidamente registradas conforme a la normativa autonómica de voluntariado:

  • Quince años de trayectoria, medalla de bronce.
  • Veinticinco años de trayectoria, medalla de plata.
  • Treinta y cinco años de trayectoria, medalla de oro.

En el caso de la trayectoria individual de personas voluntarias inscritas en el registro del voluntariado de protección civil de Castilla y León que hayan ejercido funciones de jefatura de su agrupación o asociación, se reconocerán únicamente con la medalla de oro los treinta años de prestación de voluntariado activo. Para los servicios esenciales y sus profesionales se valorará el trabajo continuado y relevante en interés de la protección civil.

Plazo hasta el 31 de enero y resolución en seis meses

Las solicitudes podrán presentarlas los representantes legales de organismos, entidades o asociaciones relacionadas con la protección civil y la asistencia ciudadana, así como cualquier administración pública. La presentación será electrónica, a través del modelo “Solicitud genérica en materia de la Agencia de Protección Civil y Emergencias” disponible en la sede de Tramita Castilla y León, y deberá acompañarse de los datos de la persona o entidad propuesta, la descripción detallada de los hechos, la certificación del acuerdo del órgano proponente y cualquier otra documentación acreditativa.

El plazo máximo de presentación finaliza el 31 de enero del año siguiente al de referencia de las actuaciones. La valoración corresponde a una comisión presidida por el titular del centro directivo competente en protección civil, con la jefatura del servicio como vicepresidencia, dos técnicos y dos representantes de las jefaturas de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las administraciones locales —el más antiguo y el más reciente en el cargo— como vocalías, y una persona funcionaria en la secretaría.

La resolución corresponde al titular del máximo órgano superior unipersonal competente en materia de protección civil y se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León. El plazo máximo para resolver, publicar y notificar es de seis meses desde la finalización del plazo de solicitudes, transcurrido el cual la petición se entiende estimada conforme al artículo 24 de la Ley 39/2015.

Medalla circular de treinta milímetros y entrega solemne

La distinción consiste en una medalla circular de 30 milímetros de diámetro y 2 milímetros de grosor, en metal dorado, plateado o bronceado según la categoría, con el emblema de Castilla y León en esmaltes finos en el anverso y la inscripción “Al Mérito de la Protección Civil de Castilla y León” junto al nombre del galardonado en el reverso. Se porta de una cinta roja de 20 milímetros de ancho y 24 de longitud, con pasador de 23,3 por 3,3 milímetros, y una longitud total de 54 milímetros. El diploma acreditativo se describe en el anexo II.

La imposición se realizará en un acto público solemne, con lectura de la concesión y entrega de diplomas. Los titulares tendrán derecho al uso de la medalla sobre el uniforme, a ocupar lugar preferente en los actos oficiales de la Junta de Castilla y León, las diputaciones provinciales y los ayuntamientos, y a la inscripción de la concesión en los registros de personal con valoración a efectos de promoción profesional. Los privilegios se revocan si la persona condecorada es condenada en firme por delito doloso o sancionada con separación del servicio por infracción disciplinaria muy grave. Una disposición adicional obliga a atender el objetivo de visibilizar a la mujer en las emergencias en la presentación de candidaturas, la entrega y la publicidad.

El decreto llega cuando el voluntariado de protección civil afronta un relevo generacional y carecía de un marco único de reconocimiento desde hacía más de quince años. Con umbrales temporales cerrados y un procedimiento reglado, la norma da previsibilidad a las agrupaciones locales y convierte la distinción en un instrumento de retención y prestigio para quienes sostienen las emergencias en el medio rural de Castilla y León.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 207, de 26 de octubre de 2026, sección I.A (Disposiciones Generales), pág. 12 (referencia oficial: BOCYL-D-26102026-207-3).