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Boletín Oficial de Castilla y León · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Castilla y León aprueba su plan estadístico autonómico 2026-2029

Por FactBox Admin

La Junta de Castilla y León ha aprobado el Plan Estadístico de Castilla y León 2026-2029 mediante el Decreto 24/2026, de 27 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León número 168, de 31 de agosto de 2026. La norma, impulsada por la Consejería de Economía y Hacienda, ordena la producción estadística autonómica del próximo cuatrienio y declara de cumplimentación obligatoria las operaciones que integran el plan.

El decreto, firmado por el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, y por el consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, entra en vigor al día siguiente de su publicación y sustituye al plan anterior, vigente para el periodo 2022-2025.

Un instrumento ordenador de la estadística autonómica

El plan se ampara en la competencia exclusiva que el Estatuto de Autonomía de Castilla y León reconoce a la Comunidad en materia de estadística (artículo 70.1.29º) y desarrolla la Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León, que configura el plan como el principal instrumento ordenador de la actividad estadística regional. Su elaboración ha contado con el dictamen favorable del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León y el acuerdo de la Comisión de Estadística de Castilla y León.

El nuevo plan renueva el compromiso con los principios de la estadística pública y se ajusta a criterios transversales como el Código de Buenas Prácticas en las Estadísticas Europeas, la coordinación de procesos, la mejora de la calidad, el aprovechamiento de la estadística de base administrativa y la incorporación del desarrollo sostenible y la perspectiva de género.

Estructura en cuatro anexos

El plan se organiza en cuatro anexos que definen su contenido y alcance:

  • Anexo I: objetivos generales y específicos del cuatrienio.
  • Anexo II: relación de operaciones estadísticas, sus conceptos básicos y su descripción (denominación, objetivos, organismo responsable, ámbitos personal, temporal y territorial, forma de recogida y coste estimado).
  • Anexo III: programa de inversiones 2026-2029, condicionado a la disponibilidad de crédito de las leyes de presupuestos anuales.
  • Anexo IV: información complementaria que enlaza el plan con el anterior (2022-2025).

Obligaciones y seguimiento

Las estadísticas del plan tienen carácter oficial y son de cumplimentación obligatoria, si bien los datos que puedan revelar origen étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas o circunstancias que afecten a la intimidad solo podrán recabarse con consentimiento expreso. La Dirección General de Presupuestos, Fondos Europeos y Estadística dirige y coordina la ejecución, y el Consejo Asesor de Estadística realiza el seguimiento del grado de cumplimiento a través de los programas anuales.

La vigencia del plan se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029, con prórroga automática si el 1 de enero de 2030 no hubiera entrado en vigor un nuevo plan. La norma afecta directamente a empresas y ciudadanos obligados a aportar datos, y prevé la celebración de convenios y contratos para optimizar recursos y difundir los resultados.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 168, 31 de agosto de 2026, I. Comunidad de Castilla y León, A. Disposiciones Generales, pág. 7 (referencia oficial: BOCYL-D-31082026-168-1).