Boletín Oficial de Castilla y León · 16 Oct 2026 · 15 vistas
Castilla y León actualiza la comisión organizadora de la prueba de acceso
Por FactBox Admin

La Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de la Junta de Castilla y León ha modificado la composición de la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad en Castilla y León a través de la Orden IEM/1057/2026, de 6 de octubre. La disposición se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) núm. 201, correspondiente al viernes 16 de octubre de 2026, dentro de la sección I.D de otras disposiciones. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación, esto es, el 17 de octubre de 2026.
La orden modifica dos preceptos de la Orden EDU/1225/2024, de 14 de noviembre, que desarrolla las características de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias de Grado en Castilla y León y constituye la comisión organizadora del examen. El cambio no altera el contenido ni la estructura de la prueba, sino la adscripción administrativa y la composición del órgano que la organiza y coordina.
El marco estatal lo fija el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, que regula los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y las características básicas de la prueba. Su artículo 18 obliga a las administraciones educativas, oídas las universidades, a constituir una comisión organizadora integrada por representantes de las universidades públicas, de la administración educativa y del profesorado de Bachillerato de centros públicos, además de otras personas expertas, con composición equilibrada de hombres y mujeres. La exigencia deriva del artículo 38.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
Una comisión adscrita a Universidades
El artículo primero de la orden reescribe el artículo 10 de la Orden EDU/1225/2024. La comisión organizadora deja de depender de la consejería competente en materia de educación y pasa a ser un órgano colegiado adscrito a la consejería competente en materia de universidades, con la finalidad de organizar la prueba y coordinar a los distintos agentes que intervienen en su realización.
La presidencia recae ahora en la persona titular de la dirección general competente en materia de universidades, o en quien delegue, y el secretario o secretaria será designado por quien ejerza la presidencia entre los miembros del órgano. Cuando la presidencia lo considere necesario podrán participar en las reuniones, con voz pero sin voto, las personas expertas que se estimen oportunas.
Composición renovada del órgano
La comisión queda integrada por los siguientes miembros:
- La persona titular de la dirección competente en materia de universidades, o persona en quien delegue.
- La persona titular de la dirección general competente en materia de ordenación académica de Bachillerato, o persona en quien delegue.
- La persona titular de la dirección general competente en materia de ordenación de la orientación educativa y psicopedagógica, o persona en quien delegue.
- La persona titular del rectorado o vicerrectorado competente en pruebas de acceso de cada una de las universidades públicas de Castilla y León.
- Un docente responsable técnico de la organización y desarrollo de la prueba en cada universidad, designado por el vicerrectorado competente.
- Un miembro de la dirección general competente en materia de universidades y otro de la dirección general competente en materia de ordenación académica de Bachillerato, designados por sus titulares.
- Un miembro de la Inspección Central de Educación.
- Cuatro funcionarios o funcionarias del cuerpo de inspectores de educación, o inspectores accidentales y profesores de educación secundaria, designados por la dirección general de ordenación académica de Bachillerato.
- Dos directores o directoras de centros públicos y uno o una de centros concertados, designados por esa misma dirección general, oída la asociación de directores de centros públicos de educación secundaria de Castilla y León, las patronales y el sindicato mayoritario de la enseñanza concertada.
Los miembros no percibirán remuneración económica de la consejería competente en materia de universidades por el ejercicio de sus funciones. El artículo segundo actualiza además el artículo 11.n de la orden de 2024, que atribuye a la comisión cualesquiera otras funciones que le encomiende la consejería competente en materia de educación o en materia de universidades.
Reorganización administrativa y tramitación
La modificación responde a la reorganización departamental de la Administración autonómica. El Decreto 2/2026, de 13 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, exigió ajustar determinadas estructuras administrativas. Después, el Decreto 12/2026, de 29 de junio, atribuyó a la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio las actuaciones administrativas en materia de universidades, mientras que el Decreto 18/2026, de 29 de junio, asignó a la Consejería de Educación la política educativa no universitaria y la Dirección General de Planificación y Ordenación Académica.
En la tramitación se sustanciaron los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública a través del Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León, conforme a la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. La orden está firmada en Valladolid el 6 de octubre de 2026 por el consejero de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
El cambio afecta a todos los estudiantes de Bachillerato que se presenten a la prueba de acceso y a los centros que la organizan, ya que reordena quién decide y coordina el examen en la comunidad. Aunque no modifica los contenidos ni los criterios de calificación, la nueva adscripción a la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio refuerza el peso de las universidades en la organización de una prueba que condiciona el acceso a los estudios de Grado en Castilla y León.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 201, de 16 de octubre de 2026, sección I.D (Otras Disposiciones), págs. 36-39 (referencia oficial: BOCYL-D-16102026-201-15).