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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 04 Nov 2026 · 4 vistas

Castilla-La Mancha resuelve las ayudas individuales de transporte escolar del curso 2025/2026

Por FactBox Admin

Castilla-La Mancha resuelve las ayudas individuales de transporte escolar del curso 2025/2026

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha resuelto de forma definitiva la concesión y denegación de las ayudas individuales de transporte escolar correspondientes al curso 2025/2026. Lo hace mediante la Resolución de 26/10/2026, de la Secretaría General, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 211, de 4 de noviembre de 2026), con referencia oficial 2026/7830. El texto concede ayudas a los alumnos relacionados en el apartado A) del anexo y las deniega a los del apartado B).

El marco normativo son las bases reguladoras aprobadas por el Decreto 34/2025, de 6 de mayo (DOCM núm. 88, de 9/05/2025), modificado por el Decreto 29/2026, de 19 de mayo (DOCM núm. 98, de 26/05/2026), que fijan los requisitos de adjudicación tanto de la propuesta provisional como de la definitiva. La convocatoria se aprobó por resolución de la Secretaría General de 12 de junio de 2026 (DOCM núm. 113, de 17/06/2026).

La resolución, firmada en Toledo el 26 de octubre de 2026 por la secretaria general Inmaculada Fernández Camacho, indica que, de acuerdo con el crédito presupuestario disponible y los requisitos de los artículos 4 y 5 del decreto, «se han atendido todas las solicitudes presentadas que reúnen los mismos». Las alegaciones presentadas a la propuesta provisional se entienden estimadas o desestimadas con esta resolución definitiva, dictada conforme al artículo 9 del Decreto 34/2025.

Concedidas: importes individualizados por alumno

El apartado A) del anexo concede la ayuda con cargo a la partida presupuestaria 1802.423A.48712 del ejercicio 2026, con una cuantía calculada alumno a alumno. El listado suma 240 beneficiarios y se ordena por provincias: Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.

  • Albacete: IES Los Olmos (350,81 euros), IES Parque Lineal (126,53 euros), IES Universidad Laboral (361,67 euros), CEIP Ana Soto (379,75 euros) y CEE Eloy Camino, con la cuantía más alta del listado, 917,91 euros.
  • Toledo: CEE Ciudad de Toledo (752,90 euros), CEIP Juan Aguado de La Torre de Esteban Hambrán (379,75 euros) y CRA Tierras de Viriato de El Real de San Vicente (685,95; 594,58 y 587,78 euros, entre otras).
  • Guadalajara: CRA Santa Lucía de Budia (377,58 y 375,41 euros) e IES Don Juan Manuel de Cifuentes.
  • Importe habitual: en buena parte de los municipios rurales la ayuda se fija en 379,75 euros por alumno.

Los centros de educación especial y las rutas de larga distancia concentran los importes más elevados, frente a las cuantías próximas a los 330-390 euros más frecuentes en el resto del anexo.

Denegaciones: causas codificadas en el anexo

El apartado B) relaciona las solicitudes rechazadas, también por provincias, con una letra que identifica el motivo. Entre los ejemplos figuran CEIP San Isidro Labrador de Aguas Nuevas (causa E), IES Pinar de Salomón (F-I), CEIP Diego Velázquez de Albacete (E-H) y PVIP Academia Cedes (C-G). Las causas empleadas son:

  • A: escolarizado en nivel educativo o régimen de estudios no contemplado en la convocatoria.
  • B: está escolarizado pero no asiste a clase con regularidad.
  • C: matriculado en un centro privado o concertado.
  • E: escolarizado en un centro distinto al que le corresponde por su zona o ámbito.
  • F: no cumple el requisito de distancia al centro, a la parada más próxima o al límite del casco urbano.
  • G: cursa en un centro de su localidad sin provenir de pedanía o población rural dispersa.
  • H: utiliza el domicilio laboral del padre, madre o tutor.
  • I: dispone de ruta programada de transporte escolar.
  • N: no acredita circunstancias excepcionales, socioeconómicas o de especial peligrosidad de las vías de acceso.
  • Q: falta de requisito de domicilio en zonas despobladas.

Publicación que sustituye a la notificación

La resolución advierte de que su publicación en el DOCM sustituye a la notificación individual y surte los mismos efectos, conforme al artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El tratamiento de datos personales se ajusta a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre: en el anexo los datos del tercero se sustituyen por el número de registro de la solicitud y el NIF aparece enmascarado.

Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el titular de la consejería competente en educación no universitaria en el plazo de un mes, según los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015.

La publicación cierra el procedimiento del curso 2025/2026 y convierte el anexo en la referencia oficial para miles de familias: quienes figuran en el apartado A) pueden confirmar la cuantía que percibirán con cargo a los presupuestos de 2026, mientras que los incluidos en el apartado B) disponen de un mes para recurrir si consideran que la causa alegada no se ajusta a su situación.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 211, de 4 de noviembre de 2026, sección III (Otras Disposiciones y Actos), págs. 39038-39054 (referencia oficial: 2026/7830).