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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 08 Sep 2026 · 1 vistas

Castilla-La Mancha renueva el reglamento de su Consejo de Salud regional

Por FactBox Admin

Castilla-La Mancha renueva el reglamento de su Consejo de Salud regional

La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha aprobado la Orden 126/2026, de 1 de septiembre, por la que se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Salud de Castilla-La Mancha, máximo órgano de participación ciudadana en materia sanitaria de la región. La norma se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 172, de 8 de septiembre de 2026, en la sección I de Disposiciones Generales, página 31534, con referencia oficial [2026/6438]. El texto entrará en vigor a los veinte días de su publicación.

La orden, firmada por el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, deroga el reglamento anterior, aprobado por la Orden de 12 de junio de 2001, y adapta el órgano al marco jurídico actual, en particular a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El pleno del Consejo aprobó la propuesta de reforma por mayoría absoluta en su sesión del 22 de julio de 2026.

Un órgano renovado y más operativo

El Consejo de Salud, con sede en Toledo y adscrito a la consejería con competencias en sanidad, actúa en pleno y a través de su comisión permanente, órgano de apoyo que se incorpora por primera vez al reglamento y que fue creado por la disposición final primera de la Ley 2/2026, de 9 de abril. La comisión informa los proyectos de disposiciones reglamentarias en desarrollo de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria, y conoce las solicitudes dirigidas al Consejo que no correspondan a sus funciones ordinarias.

La comisión permanente estará integrada por la presidencia, la secretaría y nueve vocales elegidos por un periodo de cuatro años renovable, con representación de:

  • La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  • Las asociaciones de consumidores y usuarios y de vecinos.
  • Las corporaciones locales, a propuesta de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.
  • Las organizaciones sindicales más representativas y las de la Mesa Sectorial de Instituciones Sanitarias.
  • Las organizaciones empresariales.
  • Los colegios profesionales de médicos, veterinarios, farmacéuticos y enfermeros.
  • La Universidad de Castilla-La Mancha.
  • Las asociaciones de ayuda mutua y autocuidados de ámbito regional.
  • La asociación más representativa de personas con limitaciones en la actividad.

Funcionamiento telemático y plazos

El nuevo reglamento consolida el uso de medios electrónicos en las sesiones, que podrán celebrarse mediante audioconferencia o videoconferencia garantizando la identidad de los participantes y la interactividad en tiempo real, sin perjuicio de que puedan ser presenciales. El pleno celebrará al menos una sesión ordinaria al año, con convocatoria con una antelación mínima de diez días, mientras que la comisión permanente se reunirá al menos dos veces al año, con cinco días de antelación.

Los acuerdos se adoptan por mayoría de los asistentes, con voto de calidad de la presidencia para dirimir empates, y los miembros discrepantes pueden presentar voto particular en el plazo de dos días. Las sesiones podrán grabarse, conservándose los ficheros con garantías de integridad y autenticidad.

Composición del pleno

El pleno mantiene la composición prevista en la Ley 8/2000, con vocales que representan a la administración regional, consumidores y vecinos, corporaciones locales por cada Área de Salud, sindicatos, organizaciones empresariales, colegios profesionales, la universidad, asociaciones de ayuda mutua y personas con limitaciones en la actividad. Los vocales son nombrados por resolución de la consejería competente, con mandato de cuatro años renovable.

La reforma del reglamento podrá impulsarse a propuesta de un tercio de los miembros del pleno y deberá aprobarse por mayoría absoluta, tramitándose mediante orden de la consejería competente en materia de sanidad.

Relevancia para la ciudadanía

La renovación del reglamento refuerza la participación ciudadana en la sanidad regional, dotando al Consejo de Salud de una estructura más ágil y adaptada a la administración electrónica. La incorporación de la comisión permanente y el funcionamiento telemático permiten un seguimiento más continuo de las políticas sanitarias, con un impacto directo en la gobernanza del sistema sanitario de Castilla-La Mancha.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 172, 8 de septiembre de 2026, sección I (Disposiciones Generales), pág. 31534 (referencia oficial: [2026/6438]).