Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 29 Oct 2026 · 8 vistas
Castilla-La Mancha fija doce domingos y festivos de apertura comercial en 2027
Por FactBox Admin

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha ha fijado en doce las jornadas en que los establecimientos comerciales de la región podrán abrir al público durante 2027. Lo hace mediante la Orden 151/2026, de 19 de octubre, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (núm. 208, de 29 de octubre de 2026, sección I.- Disposiciones Generales, pág. 37967, referencia 2026/7732), y firmada por la consejera Patricia Franco Jiménez.
Doce jornadas, con enero y diciembre como protagonistas
El calendario autorizado combina domingos y dos festivos en jueves y lunes, y concentra buena parte de las aperturas en el arranque y el cierre del año:
- Domingo, 3 de enero.
- Domingo, 10 de enero.
- Jueves, 25 de marzo.
- Domingo, 2 de mayo.
- Lunes, 31 de mayo.
- Domingo, 27 de junio.
- Domingo, 31 de octubre.
- Domingo, 28 de noviembre.
- Domingo, 5 de diciembre.
- Domingo, 12 de diciembre.
- Domingo, 19 de diciembre.
- Domingo, 26 de diciembre.
El texto normativo no establece horarios concretos de apertura ni modifica el régimen de excepciones, sino que se limita a determinar las fechas habilitadas para la actividad comercial. La norma surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el boletín, es decir, desde el 30 de octubre de 2026.
El límite de doce días y el mandato de la Ley de Comercio
La orden desarrolla el artículo 18 de la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha, cuyo apartado 1 fija en doce al año los domingos y días festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público. El apartado 3 de ese mismo artículo atribuye a la consejería competente en materia de comercio la determinación anual de esas fechas.
La publicación debía producirse, según esa misma disposición, antes del 15 de diciembre del año anterior al de aplicación; en este caso se ha adelantado casi dos meses sobre el plazo legal, al aparecer en el boletín del 29 de octubre. La competencia autonómica procede del artículo 31.1.11ª del Estatuto de Autonomía, que atribuye a Castilla-La Mancha la competencia exclusiva en comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, la libre circulación de bienes y la legislación de defensa de la competencia.
La tramitación se ampara además en el Decreto 64/2025, de 9 de septiembre, que establece la estructura orgánica y fija las competencias de los órganos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en las atribuciones conferidas por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Consulta previa a consumidores, cámaras y empresarios
Antes de aprobar el calendario, la consejería ha cumplido el trámite de audiencia previsto en la Ley 2/2010 ante las entidades representativas del sector y de los usuarios:
- El Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha.
- El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.
- La Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha.
- Las demás organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la región.
La orden constata que ese trámite de consultas se ha efectuado y que, a partir de él, se procede a determinar las jornadas de apertura del próximo ejercicio.
Un calendario con cinco domingos seguidos en diciembre
El reparto elegido para 2027 deja tres domingos de apertura en enero y febrero sin ninguna jornada autorizada, mientras que diciembre acumula cinco domingos consecutivos: el 5, el 12, el 19 y el 26, además del 28 de noviembre. La coincidencia con la campaña navideña convierte ese tramo en el periodo de mayor actividad potencial para el pequeño y mediano comercio.
El calendario afecta de forma directa a comerciantes, a los trabajadores del sector —que verán condicionados sus descansos y turnos en esas doce fechas— y a los consumidores, que deberán planificar sus compras en festivos conforme a este listado. Al publicarse con antelación, las empresas disponen de más de dos meses para organizar plantillas, refuerzos de personal y aprovisionamiento antes del 3 de enero, primera jornada autorizada.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 208, de 29 de octubre de 2026, sección I.- Disposiciones Generales, pág. 37967 (referencia oficial: 2026/7732).