Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 24 Sep 2026 · 6 vistas
Castilla-La Mancha concede ayudas a 275 bibliotecas municipales por 1,1 millones
Por FactBox Admin

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ha resuelto la concesión de las subvenciones destinadas al apoyo de las bibliotecas públicas municipales para el año 2026, que alcanzan a 275 entidades locales. La resolución, firmada el 14 de septiembre de 2026 por el consejero Amador Pastor Noheda, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) n.º 184, de 24 de septiembre de 2026, con la referencia 2026/6784. El anexo detalla la relación nominal de beneficiarios, las cuantías concedidas y las modalidades de gasto subvencionadas.
Las ayudas se rigen por la Orden 45/2025, de 21 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM n.º 61, de 28/03/2025), que establece las bases reguladoras, y por la Resolución de 20/03/2026, que convocó las subvenciones de este ejercicio. La instrucción y ordenación del procedimiento correspondió a las delegaciones provinciales, a través de las unidades administrativas competentes en materia de bibliotecas, y la evaluación a la comisión de valoración prevista en la base decimoprimera.
El expediente pasó por varias fases: las propuestas provisionales se publicaron el 3 de julio de 2026 en el tablón de anuncios electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con diez días de plazo para alegaciones, y las definitivas el 24 de julio. Detectado un error material en dos propuestas definitivas, la comisión de valoración fue convocada de nuevo el 27 de agosto y las propuestas actualizadas se publicaron el 4 de septiembre de 2026. El gasto se imputa a las partidas 18080000.G/452A/46411 y 18080000.G/452A/76417.
Los beneficiarios y las cuantías
El anexo recoge 275 entidades beneficiarias, en su mayoría ayuntamientos de municipios pequeños de las cinco provincias, junto a entidades de ámbito territorial inferior al municipio como la Eatim Gárgoles de Abajo o la Entidad Local Menor de Aguasnuevas. Las cuantías individuales oscilan entre los 495,29 euros del Ayuntamiento de Consuegra y los 9.398,92 euros del Ayuntamiento de Liétor. Las subvenciones de mayor importe son:
- Ayuntamiento de Liétor (Albacete): 9.398,92 euros.
- Ayuntamiento de Lezuza (Albacete): 8.370,56 euros.
- Ayuntamiento de Albatana (Albacete): 8.090,56 euros.
- Ayuntamiento de Alatoz (Albacete): 7.800,36 euros.
- Ayuntamiento de Férez (Albacete): 7.778,14 euros.
- Ayuntamiento de Cañete (Cuenca): 7.728,09 euros.
- Ayuntamiento de Villar de Olalla (Cuenca): 7.470,65 euros.
- Ayuntamiento de Mahora (Albacete): 7.436,94 euros.
La primera entidad por puntuación es el Ayuntamiento de Ballestero (El), con 41,50 puntos y 5.149,16 euros.
Cuatro modalidades de gasto
Cada ayuda se reparte entre cuatro modalidades: contratación (A), adquisiciones bibliográficas (B), actividades culturales (C) y equipamiento de bibliotecas (D). El anexo desglosa los importes según su imputación al capítulo 4 (A+C) y al capítulo 7 (B+D):
- Modalidad A, contratación de personal o servicios.
- Modalidad B, adquisiciones bibliográficas.
- Modalidad C, actividades culturales.
- Modalidad D, equipamiento de bibliotecas.
Así, el Ayuntamiento de Villaseca de La Sagra percibe 6.891,59 euros, de los que 4.747,50 corresponden al capítulo 4 y 2.144,09 al capítulo 7, mientras que el Ayuntamiento de Villarrubia de Los Ojos recibe 5.585,79 euros.
Desestimaciones, inadmisiones y desistimiento
La resolución también resuelve las solicitudes no atendidas:
- Once solicitudes desestimadas por no reunir la condición de beneficiario o no cumplir los requisitos de la base tercera, entre ellas las del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Patronato), Ayuntamiento de Campo de Criptana, Ayuntamiento de Torre de Juan Abad, Asociación Cultural de Cercadillo, Ayuntamiento de Trillo, Ayuntamiento de Burguillos de Toledo, Ayuntamiento de Mejorada, Ayuntamiento de Navahermosa, Ayuntamiento de Santa Cruz del Retamar, Ayuntamiento de Villatobas y Ayuntamiento de Los Yébenes.
- Setenta solicitudes inadmitidas a trámite por haberse presentado otra solicitud posterior, conforme al apartado dos de la base novena, como las del Ayuntamiento de Alpera, Ayuntamiento de Hellín, Ayuntamiento de Villamalea, Ayuntamiento de Guadamur o Ayuntamiento de Yuncos.
- Una entidad desiste de su solicitud: el Ayuntamiento de los Navalucillos, con fecha 27/04/2026.
Obligaciones y vías de recurso
Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones de la base decimoquinta y justificar la actividad subvencionada conforme a la base decimoséptima de la Orden 45/2025, presentando el modelo habilitado en el apartado «Modelos de trámite» y la documentación requerida en «¿Cómo van mis trámites?» de la Sede Electrónica. La publicación en el DOCM surte todos los efectos de notificación practicada, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses y, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero en el plazo de un mes.
La resolución cierra el reparto anual de unas ayudas que sostienen la actividad ordinaria de las bibliotecas de los municipios más pequeños de la región, donde estos fondos financian la compra de libros, la programación cultural y la mejora de equipamientos. Para los ayuntamientos beneficiarios, el documento publicado fija ya las cuantías definitivas y abre el calendario de justificación del gasto.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), n.º 184, de 24 de septiembre de 2026, sección III (Otras Disposiciones y Actos), pág. 32801 (referencia oficial: 2026/6784).