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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 23 Oct 2026 · 4 vistas

Castilla-La Mancha concede 481.212 euros del Moves III en su 25ª resolución

Por FactBox Admin

Castilla-La Mancha concede 481.212 euros del Moves III en su 25ª resolución

La Dirección General de Transición Energética, dependiente de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ha resuelto la concesión de 481.212,10 euros en ayudas del Programa de Incentivos Ligados a la Movilidad Eléctrica (Moves III) para el año 2025, así como la desestimación de cinco solicitudes. La decisión, firmada el 15 de octubre de 2026 por el director general Alipio García Rodríguez, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 204, de 23 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/7577, y constituye la 25ª Resolución del programa.

El marco de la convocatoria es la Resolución de 22/08/2025, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, que aprobó las bases para 2025 conforme al Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, y al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, modificado por el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. Las solicitudes se han atendido por el procedimiento simplificado de concurrencia previsto en el artículo 16.4 del citado real decreto.

Los fondos proceden del patrimonio del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., y se imputan a tres partidas presupuestarias del programa Moves III 2025: 23060000G/722A 78000, 77000 y 76000, todas con cargo al fondo 0000000716.

61 expedientes subvencionados en cinco anexos

La resolución concede ayudas a un total de 61 expedientes, distribuidos en cinco anexos según el tipo de beneficiario y la actuación:

  • Anexo I-A (personas físicas y comunidades de propietarios, adquisición de vehículos eléctricos): 6 expedientes, 35.400,00 euros.
  • Anexo I-B (personas físicas con actividad económica y personas jurídicas, adquisición de vehículos): 5 expedientes, 21.400,00 euros.
  • Anexo II-A (personas físicas y comunidades de propietarios, infraestructura de recarga): 32 expedientes, 42.524,28 euros.
  • Anexo II-B (personas físicas con actividad económica y personas jurídicas, recarga): 1 expediente, 598,67 euros.
  • Anexo II-C (entidades locales, infraestructura de recarga): 17 expedientes, 381.289,15 euros.

Entre los beneficiarios particulares figuran M. Elena Blanco Pérez (expediente SLN5-25-2025-01878, 7.000 euros por un vehículo BEV con achatarramiento), Alberto Hurtado Rincón (SLN5-25-2025-04589, 4.950 euros) y Roberto Martín Herrera (SLN5-25-2025-04731, 4.950 euros). En el anexo de empresas aparecen Instalaciones Eléctricas Java, S.L. (3.600 euros), Adolfo Coleccion, S.L. (2.900 euros), Obra Pública y Agroindustrial, S.L. (5.000 euros) y Limpiezas Sujisol, S.L. (2.900 euros).

Los ayuntamientos concentran el 79% del importe

El Anexo II-C es el de mayor peso económico: 17 expedientes de entidades locales que suman 381.289,15 euros, casi cuatro quintas partes del total concedido. Las ayudas se destinan a puntos de recarga en municipios con población inferior a 5.000 habitantes, en su mayoría de 44 kilovatios de potencia.

  • Ayuntamiento de El Carpio de Tajo: 52.541,16 euros (carga rápida, 80 kW).
  • Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey: 44.560,82 euros (82 kW).
  • Ayuntamiento de Villalpardo: 44.560,82 euros (82 kW).
  • Ayuntamiento de Valverde de Júcar: 23.038,40 euros (30 kW).
  • Ayuntamiento de Casas de Benítez: 22.857,63 euros (dos puntos, 44 kW).
  • Ayuntamiento de Quer: tres expedientes que suman 11.629,82 euros.
  • Ayuntamiento de Mira: 12.610,69 euros; Ayuntamiento de Casas de los Pinos: 9.486,40 euros.

Completan la lista los ayuntamientos de Tejadillos, Fuertescusa, El Picazo, Villalba del Rey, Buendía, Portalrubio de Guadamajud y Landete, con 22.857,63 euros cada uno.

Cinco solicitudes rechazadas por residencia fiscal

El resuelvo segundo desestima cinco solicitudes de la actuación de adquisición de vehículos eléctricos (Anexo III-A). En los cinco casos el motivo es idéntico: incumplir el resuelvo quinto, apartado 1 f), que exige a las personas físicas sin actividad económica tener la residencia fiscal en Castilla-La Mancha.

  • Deifilia Raquel Valdez Vélez (SLN5-25-2025-02287).
  • María del Valle Carrasco López (SLN5-25-2025-02691).
  • José David Martínez Bascuñana (SLN5-25-2025-04331).
  • Juan Ramón Cánovas Ras (SLN5-25-2025-04491).
  • María Tomasa González Talaya (SLN5-25-2025-04881).

Justificación antes del 31 de diciembre de 2026

Los beneficiarios disponen de plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2026 para justificar la inversión ante el Servicio de Fomento Energético, con la documentación del anexo II del Real Decreto 266/2021. La falta de justificación implica la pérdida del derecho al cobro, conforme al artículo 89 del reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. La publicación en el Diario Oficial sustituye a la notificación individual, según el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La resolución llega con el ejercicio casi cerrado y después de 24 entregas anteriores del mismo programa, lo que confirma el ritmo mensual de resolución de expedientes. Para los solicitantes incluidos en los anexos, la publicación oficial es el punto de partida del cómputo para justificar la compra o la instalación; para los cinco excluidos, abre un mes para recurrir si consideran acreditada su residencia fiscal en la región.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 204, 23 de octubre de 2026, sección III (Otras disposiciones y actos), págs. 37531-37532 (referencia oficial: 2026/7577).