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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 13 Aug 2026 · 5 vistas

Castilla-La Mancha aprueba nuevas reglas para las bolsas de empleo temporal

Por FactBox Admin

La Comisión Paritaria del IX Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha aprobado un nuevo procedimiento para la gestión de las bolsas de trabajo y la selección de personal laboral temporal. El acuerdo, suscrito el 3 de agosto de 2026, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 154, de 13 de agosto de 2026, mediante resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social con referencia 2026/5983, y entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.

La resolución, firmada el 5 de agosto en Toledo por la directora general Ana María Carmona Duque, admite el depósito del acuerdo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con código 770100162026, y ordena su publicación en el boletín oficial. El texto se ampara en el Real Decreto 713/2010, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 152.4 de la Ley 4/2011, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, y en el Decreto 64/2025, que fija las competencias de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Cómo se constituyen y amplían las bolsas

Las bolsas se constituirán y entrarán en vigor en la fecha en que se publique en el DOCM la adjudicación de destinos de las personas aprobadas en el proceso selectivo correspondiente. Se organizarán en listas provinciales y serán únicas hasta la siguiente oferta de empleo público para cada categoría profesional; las bolsas definitivas sustituyen a las anteriores y pueden ampliarse cuando estén agotadas o próximas a agotarse.

Las ampliaciones se nutren primero del listado provisional de quienes hayan superado la primera prueba del proceso selectivo en curso y, después, de tres vías: personas con al menos la media aritmética de las puntuaciones, integrantes de la bolsa definitiva anterior constituida en los últimos seis años, o un nuevo listado derivado de pruebas selectivas convocadas al efecto. Quienes entran por ampliación figuran siempre por detrás de los de la bolsa definitiva. Agotadas estas opciones, cabe un procedimiento extraordinario de preselección entre demandantes de empleo inscritos en el servicio público de empleo autonómico.

Llamamientos: voluntario, obligatorio y colectivo

El acuerdo diseña tres vías de llamamiento, gestionadas mediante aplicación informática y el Portal de Empleo Temporal:

  • Llamamiento voluntario: las ofertas se publican cada día entre las 07:00 y las 12:00 horas y pueden aceptarse hasta las 23:59, con aviso por correo electrónico y SMS.
  • Llamamiento obligatorio: se realiza por teléfono; no localizar a la persona en cinco llamamientos en días distintos supone su suspensión temporal durante dos meses.
  • Llamamiento colectivo presencial: actos simultáneos en los que los puestos se adjudican por orden de prelación; quien no asista se entiende que rechaza la oferta.
  • El primer rechazo de un puesto pasa al aspirante al último lugar de su listado; un segundo rechazo conlleva la exclusión de la bolsa.

La contratación se efectuará el primer día hábil siguiente a la aceptación, sin superar 15 días naturales, plazo ampliable hasta un mes cuando las contrataciones excedan de las ordinarias.

Reservas y situaciones excepcionales

El acuerdo reserva en cada lista provincial al menos el 2 % de las plazas —una de cada cincuenta— para personas con discapacidad intelectual y al menos el 5 % —una de cada veinte— para personas con cualquier otro tipo de discapacidad, que se cubrirán con preferencia absoluta desde la bolsa del turno correspondiente.

Once situaciones excepcionales —embarazo, lactancia acumulada, incapacidad temporal, cuidado de menores de hasta tres años o familiares, estudios reglados, ofertas a media jornada o inferior, puestos a más de 50 kilómetros del domicilio, entre otras— permiten rechazar un llamamiento o pasar a no disponible sin perder la posición en la bolsa.

Vigilancia y firmas

En cada órgano responsable existirá una comisión de seguimiento con representación de la Administración y de los sindicatos, y se crea una comisión regional de interpretación que se reunirá una vez al semestre. La gestión de las bolsas corresponderá a las delegaciones provinciales de las consejerías de Bienestar Social y de Educación, Cultura y Deportes, y a la Dirección General de la Función Pública, según las categorías del anexo.

Firman el acuerdo, por la Administración, el director general de la Función Pública, José Narváez Vila, y por las organizaciones sindicales Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha (Juan Ángel García González), CSIF (Joaquín Sánchez García), el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha (M.ª Teresa López Illán) y la FeSP-UGT de Castilla-La Mancha (Alberto Núñez Corrales).

Las nuevas reglas unifican criterios, digitalizan los trámites en el Portal de Empleo Temporal y fijan plazos precisos para llamamientos, alegaciones y reincorporaciones. Para los miles de aspirantes a contratos temporales en la región, el marco único que ordenará el acceso al empleo laboral temporal de la Administración regional será plenamente aplicable desde el 1 de octubre de 2026.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), núm. 154, 13 de agosto de 2026, sección II.- Autoridades y Personal (referencia oficial: 2026/5983), págs. 30208-30218.