Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 13 Oct 2026 · 7 vistas
Castilla-La Mancha actualiza las ayudas Reto-D para frenar la despoblación rural
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó el Decreto 62/2026, de 6 de octubre, por el que se modifican las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones para la implementación de los contratos programa de formación Reto-D para enseñanzas no obligatorias en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación. La norma se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 196, de 13 de octubre de 2026, en la sección I.- Disposiciones Generales, con la referencia oficial [2026/7289]. El texto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 14 de octubre de 2026.
El decreto modifica el Decreto 96/2024, de 23 de diciembre, que regula estas ayudas directas, cuya finalidad es facilitar el acceso a los estudios de Formación Profesional y universitarios del alumnado procedente de zonas escasamente pobladas y contribuir al mantenimiento de la población y al desarrollo económico del medio rural. Según el preámbulo, la experiencia derivada de la aplicación de la norma ha puesto de manifiesto la conveniencia de introducir cambios para mejorar su gestión y reforzar los objetivos perseguidos.
La disposición está firmada en Toledo el 6 de octubre de 2026 por el presidente de la Junta, Emiliano García-Page Sánchez, y por el consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor Noheda, a propuesta de este último y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 6 de octubre de 2026, en virtud del Estatuto de Autonomía y de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Estudios subvencionables y requisitos del alumnado
El nuevo artículo 1 delimita el ámbito de la ayuda a los estudios de carácter presencial y no obligatorios impartidos en centros docentes universitarios y no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha. La redacción precisa que se incluye al alumnado de centros públicos y de centros privados concertados que cumplan los requisitos establecidos.
El artículo 4 fija las condiciones de las personas beneficiarias:
- Tener estancia efectiva familiar en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.
- Haber formalizado un préstamo con alguna entidad de crédito para cursar estudios no obligatorios, tanto de Formación Profesional como universitarios.
- Que los estudios impliquen tener que abandonar el domicilio familiar.
- Mantener, una vez finalizados los estudios, la estancia efectiva personal o desarrollar un proyecto de actividad económica en el municipio de origen o en otro de una zona rural escasamente poblada o en riesgo de despoblación.
Se entenderá cumplido el requisito de cambio de residencia cuando la distancia entre el municipio de residencia y el centro, las dificultades de acceso u otras razones justificadas impidan o dificulten la asistencia diaria.
Nuevo cálculo de la renta familiar y porcentajes de ayuda
El decreto precisa el ejercicio fiscal de referencia para el cálculo de la renta: el último respecto del que haya finalizado el plazo de presentación de declaraciones del IRPF en la fecha de publicación de la resolución que concrete los créditos. Se toma como referencia el Iprem anual correspondiente a doce mensualidades vigente en ese ejercicio, con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica y homogeneidad a los criterios económicos.
El porcentaje de ayuda aplicable sobre la cuantía máxima queda fijado así:
- Renta per cápita inferior al Iprem: 100 por ciento.
- Renta per cápita que no supere el doble del Iprem: 75 por ciento.
- Renta per cápita que no supere tres veces el Iprem: 50 por ciento.
- Renta per cápita superior a tres veces el Iprem: 25 por ciento.
Si los miembros de la unidad familiar han presentado declaración del IRPF, la renta se calcula sumando la base imponible general y la del ahorro, de la que podrá reducirse el mínimo personal y familiar. Si no están obligados a declarar, se aplica la operación a - b - c, con los ingresos y rendimientos computables, los gastos deducibles y la reducción por mínimo personal y familiar. La renta per cápita resulta de dividir la suma de las rentas de todos los miembros computables entre el número de integrantes de la unidad familiar.
Cuantías máximas y órganos competentes
El artículo 7 mantiene la financiación de la matrícula, el alojamiento y el material necesario, siempre que se haya formalizado un préstamo con una entidad de crédito, e introduce los límites máximos por solicitud:
- 12.000 euros en el caso de los estudios universitarios.
- 6.000 euros en el caso de los estudios de Formación Profesional.
- Imputación a la partida presupuestaria 18020000.423A.48711.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio con competencias en materia de universidades, mientras que la resolución de concesión recaerá en la persona titular de la dirección general competente en materia de universidades. Contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación en el plazo de un mes, conforme a los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La modificación busca dar seguridad jurídica a los criterios económicos y adaptar la gestión a la organización administrativa actual, de modo que las ayudas lleguen con mayor agilidad al alumnado de municipios en riesgo de despoblación y contribuyan a fijar población joven en el medio rural.
Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 196, de 13 de octubre de 2026, sección I.- Disposiciones Generales, pág. 36351 (referencia oficial: 2026/7289).