FactBox.

Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 06 Oct 2026 · 21 vistas

Castellar del Vallès aprueba las bases de ayudas al alquiler social

Por FactBox Admin

Castellar del Vallès aprova les bases d'ajuts al lloguer social

El Ayuntamiento de Castellar del Vallès ha aprobado inicialmente la ordenanza reguladora de las bases para la concesión de ayudas municipales destinadas a las viviendas incluidas en la bolsa de mediación para el alquiler social del municipio. El acuerdo lo adoptó el Pleno en sesión del 29 de septiembre de 2026 y se publica mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 6 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 202610147784.

El expediente lleva el número 1217-2025/4931 y su objeto es la aprobación de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las viviendas de alquiler de la Bolsa de Mediación Municipal. El edicto lo firma Raúl Costa Mancheño por delegación de la alcaldía (Decreto núm. 991, de 22 de junio de 2023), y el contenido literal del texto normativo se puede consultar mediante el código seguro de validación 7dbc36a3af7841dd89fb20ab721e40ea001.

Información pública durante treinta días hábiles

El segundo punto del acuerdo somete a información pública tanto el acuerdo como el texto normativo por el término de treinta (30) días hábiles, a fin de que se puedan presentar alegaciones, sugerencias y reclamaciones. La publicidad se hace mediante la inserción de edictos en los canales siguientes:

  • El Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.
  • El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
  • Uno de los medios de comunicación escrita diaria.
  • El tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento.

El término de información pública comenzará a contar desde el día siguiente a la última publicación oficial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la LBRL y en el artículo 63 del ROAS.

Qué pasa si no se presenta ninguna alegación

El tercer punto del acuerdo dispone que, si no se formula ninguna alegación ni reclamación durante el término de información pública, la aprobación inicial de la ordenanza quedará aprobada definitivamente. Una vez aprobada, habrá que trasladar el acuerdo de aprobación definitiva a la Administración del Estado y a la Generalitat de Catalunya en el término de quince (15) días hábiles, según el artículo 65 del ROAS.

El texto normativo será vigente y desplegará todos sus efectos una vez transcurrido el término de quince días hábiles desde la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artículo 65.2 de la LBRL.

Transparencia y notificaciones internas

El cuarto punto garantiza el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, publicidad activa, buen gobierno y gobierno abierto previstas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como en el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre transparencia y derecho de acceso a la información pública.

Finalmente, el quinto punto acuerda notificar el acuerdo a la unidad de Servicios económicos y a los y las miembros de la comisión de estudio municipal.

La medida afecta directamente a los inquilinos y a los propietarios que quieran incorporar viviendas a la bolsa de mediación para el alquiler social de Castellar del Vallès: fija el marco jurídico de las ayudas municipales y abre un periodo de treinta días hábiles en el que cualquier persona interesada puede presentar alegaciones antes de que la ordenanza sea definitiva.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. de 6 de octubre de 2026, Administració local, pàg. 1-2 (referencia oficial: CVE 202610147784).