Boletín Oficial de Cantabria · 16 Sep 2026 · 5 vistas
Castañeda aprueba definitivamente su Reglamento Orgánico Municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Castañeda ha aprobado definitivamente el Reglamento Orgánico Municipal, una norma que regula la organización y el régimen de funcionamiento de los órganos de gobierno y administración del municipio. El acuerdo se adoptó en Sesión Plenaria Extraordinaria celebrada el 28 de agosto de 2026 y su texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de Cantabria número 178, de 16 de septiembre de 2026, con referencia CVE-2026-7182.
La aprobación definitiva llega tras el trámite de exposición pública del acuerdo inicial, tramitado bajo el expediente 230/2026. Durante ese periodo se presentaron dos alegaciones, que el Pleno ha decidido desestimar: la registrada con entrada 369, de 20 de julio de 2026, y la registrada con entrada 387, de 27 de julio de 2026.
Marco normativo y entrada en vigor
El reglamento se dicta al amparo de la potestad reglamentaria y de autoorganización que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local reconoce a las entidades locales, y se adecúa a los principios de buena regulación previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Su preámbulo invoca la autonomía municipal garantizada por el artículo 140 de la Constitución Española.
Conforme a los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, la norma entrará en vigor una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde su publicación en el boletín oficial. El acuerdo, firmado en Castañeda el 8 de septiembre de 2026 por el alcalde, Marcos García Carrera, puede recurrirse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses.
Estructura orgánica del municipio
El texto, de 35 páginas, define los órganos necesarios y complementarios del Ayuntamiento y regula el estatuto de los miembros de la corporación, los grupos políticos y el registro de intereses. Entre los órganos necesarios figuran:
- El Alcalde y los Tenientes de Alcalde.
- El Pleno y la Junta de Gobierno Local.
- La Comisión Especial de Cuentas y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
- Como órganos complementarios, los Concejales Delegados y las Comisiones Informativas.
El reglamento detalla las atribuciones del alcalde, el procedimiento de elección y renuncia del cargo, los derechos y deberes de los concejales, la constitución de grupos políticos (con un mínimo de dos concejales, salvo el grupo mixto) y el régimen de declaraciones de bienes e intereses ante el Secretario del Ayuntamiento.
Sesiones presenciales y telemáticas
Una parte destacada de la norma regula la celebración de sesiones por medios electrónicos, preferentemente mediante videoconferencia, con grabación audiovisual que debe garantizar su autenticidad e integridad conforme al Esquema Nacional de Seguridad. Se establecen reglas precisas para la identificación de los asistentes mediante certificado electrónico, el mantenimiento del quórum y el sistema de votación individual.
El reglamento contempla también los supuestos de desconexión puntual o definitiva durante las sesiones telemáticas, así como la retransmisión en streaming de los plenos a través de la sede electrónica y las redes sociales del municipio, reforzando el carácter público de las sesiones.
Relevancia para el municipio
Con esta aprobación, Castañeda se dota de un marco normativo propio y sistemático que ordena la vida municipal, la organización de sus órganos de gobierno y los derechos de los concejales y de la ciudadanía. La entrada en vigor del reglamento, que sustituye la dispersión normativa anterior, afecta directamente a la gestión diaria del Ayuntamiento y a la participación de los vecinos en la vida pública local.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 178, 16 de septiembre de 2026, sección 1. Disposiciones Generales, pág. 45798 (referencia oficial: CVE-2026-7182).