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BOP de Ávila · 14 Sep 2026 · 1 vistas

Casavieja aprueba la tasa de hasta 150 euros por matrimonio civil

Por FactBox Admin

Casavieja aprueba la tasa de hasta 150 euros por matrimonio civil

El Ayuntamiento de Casavieja ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Celebración de Matrimonio Civil, que establece el pago de entre 100 y 150 euros por cada enlace celebrado en el municipio. La decisión, adoptada por el Pleno municipal, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila del 14 de septiembre de 2026.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, el acuerdo plenario provisional de fecha 1 de julio de 2026 ha quedado automáticamente elevado a definitivo, en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

La ordenanza se redacta en uso de las competencias atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y por la normativa de haciendas locales vigente. Constituye el hecho imponible el inicio del expediente de boda a instancia de los contrayentes y a instruir por el Registro Civil, o bien la remisión de un expediente tramitado por otro registro civil para su conclusión, en ambos casos mediante la celebración en el Registro Civil de Casavieja.

La celebración será efectuada por el titular del Registro Civil, salvo que se solicite que la realice el órgano de Alcaldía o un concejal por delegación de aquel. La celebración privada y paralela, en lugar y tiempos distintos de los oficiales, no resultará en ningún caso obligatoria para el celebrante oficial.

Cuantía de la tasa y forma de pago

La cuantía debe satisfacerse en dos plazos: la mitad en el momento de la solicitud, ya sea en efectivo en caja o mediante transferencia bancaria, y el 50% restante antes del día anterior al de la celebración, requisito sin el cual la boda no se celebraría. El expediente no se inicia hasta el abono de la primera cantidad. Las tarifas quedan fijadas del siguiente modo:

  • 100 € por expediente y celebración en la casa consistorial de lunes a viernes en el horario establecido, más 50 € en concepto de dieta para el celebrante oficial.
  • 150 € por expediente y celebración en la casa consistorial fuera de los días y horarios establecidos, más 50 € de dieta para el celebrante oficial.
  • 100 € por expediente cuando la celebración se realice en municipio distinto del órgano tramitador.
  • 50 € adicionales en concepto de dieta para el celebrante oficial en caso de celebración privada en lugar y tiempos distintos.
  • 5 € por cada certificado de asistencia a la boda, que se abonará al tiempo de retirarlo y previa presentación del carné de identidad.

Serán por cuenta de los contrayentes los gastos de ornamentación y demás propios de la celebración.

Devengo y entrada en vigor

El devengo de la tasa se produce en el momento mismo de la solicitud que da pie al inicio del expediente. La ordenanza contempla además que las administraciones públicas podrán establecer otros medios de pago de manera facultativa.

Con esta aprobación definitiva, Casavieja fija un marco tarifario claro y homogéneo para todos los contrayentes del municipio, tanto para los enlaces celebrados en horario ordinario como para los que se realicen fuera de él o en régimen privado. La medida afecta a todos los vecinos que deseen contraer matrimonio civil en la localidad, que deberán prever el abono de la tasa en dos plazos antes de la fecha del enlace.


Fuente: BOP de Ávila, núm. 14 de septiembre de 2026, sección I (Administración Local) (referencia oficial: 181126).