BOP de Cáceres · 11 Sep 2026 · 3 vistas
Casatejada aprueba la tasa del gimnasio municipal con precios públicos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Casatejada ha aprobado definitivamente la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio público de Gimnasio Municipal, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 11 de septiembre de 2026, con referencia oficial BOP-2026-4255 y expediente número 104/2026.
La ordenanza fue aprobada por el Pleno municipal en sesión celebrada el 4 de septiembre de 2026 y firmada por el alcalde, Desiderio Riaño García, el 8 de septiembre. Su entrada en vigor se producirá desde la publicación íntegra en el boletín provincial, y permanecerá vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
Marco normativo
La tasa se establece al amparo de los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de los artículos 15 a 27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El hecho imponible lo constituye la utilización de las instalaciones del Gimnasio Municipal y la prestación de los servicios públicos deportivos.
Cuotas y forma de pago
La cuantía de la tasa se fija según el tipo de usuario y la frecuencia de uso, con dos modalidades:
- Entrada individual/diaria: 3,00 euros.
- Abono mensual: 25,00 euros.
El precio se abona antes del comienzo de la actividad y, una vez satisfecho, no hay derecho a devolución, salvo que el servicio no pudiera prestarse por causas no imputables al sujeto pasivo. El pago puede realizarse en las oficinas municipales, a través de la plataforma online o mediante transferencia bancaria en las cuentas del Ayuntamiento, previa presentación de la solicitud en el modelo oficial.
Obligados y régimen sancionador
Están obligados al pago, en concepto de contribuyentes, las personas físicas usuarias de las instalaciones del Gimnasio Municipal. La ordenanza regula la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria conforme a los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y prevé que los daños causados por el sujeto pasivo deberán reintegrarse en su coste total, sin posibilidad de condonación.
Recursos
Contra el acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del anuncio, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres. El texto íntegro de la ordenanza está a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento.
La aprobación de esta ordenanza dota de seguridad jurídica al uso de las instalaciones deportivas municipales y fija unos precios públicos asequibles para los vecinos de Casatejada, que podrán acceder al gimnasio mediante abono mensual o entrada diaria, garantizando además la sostenibilidad económica del servicio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, núm. correspondiente al 11 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local (referencia oficial: BOP-2026-4255).